CÓMO DECLARAR A UNA PERSONA COMO INCAPAZ
Cómo declarar a una persona como incapaz. Cuando una persona sufre trastornos mentales, tiene intervalos de poca lucidez o no puede prestar su consentimiento libremente, es considerado un débil jurídico y se convierte en sujeto de protección legal.
Regímenes de Incapaces:
Entran a proteger al incapaz contra intenciones maliciosas de terceros o de él mismo, si no tiene capacidad legal.
Dependiendo del grado de incapacidad:
Aplicará el sistema de representación o el de asistencia y/o autorización.
- Persona afectada de una incapacidad plena, uniforme y general:
No puede actuar jurídicamente y será necesario que los actos en que esté interesada, se realicen por su representante, a saber por un Tutor.
En esta categoría se encontraran: Los menores, los mayores sujetos a interdicción, los condenados a interdicción legal.
- Persona afectada de una incapacidad limitada y parcial:
El incapaz lo es en cierta medida, no será necesario ser representados por otra persona, sino solamente estar autorizados y/o asistidos.
En esta categoría se encuentran: Los menores emancipados, los pródigos, los inhabilitados.
CÓMO DECLARAR A UNA PERSONA COMO INCAPAZ
(Régimen de Representación)
Quien obra en nombre del incapaz es un representante legal o Tutor.
Los actos realizados por el representante en interés del incapaz:
Tienen la misma fuerza que tendría si hubiese sido efectuado por el mismo.
En los menores de edad:
Se le denomina patria potestad, siendo sus padres los representantes legales. Existe también la tutela ordinaria de menores, que aplica a los menores que carezcan de padres o que existiendo estos, se encuentren imposibilitados de ejercer la patria potestad.
Los padres requerirán autorización del Juez de Menores:
Para realizar actos que exceden de la simple administración, tales como hipotecar, gravar, enajenar muebles o inmuebles, renunciar a herencias, aceptar donaciones o legados sujetos a cargas o condiciones, concertar divisiones, particiones, contratar préstamos, celebrar arrendamientos o contratos de anticresis por más de 3 años, recibir la renta anticipada por más de 1 año.
En los mayores incapaces por defecto intelectual grave:
Se le denomina tutela como régimen de incapaces para aquellos que se encuentren en estado de interdicción.
CÓMO DECLARAR A UNA PERSONA COMO INCAPAZ
(Régimen de Asistencia)
Aquí la capacidad de obrar limitada. El asistente o Curador no sustituye al incapaz, sino que lo complementa y controla en cierta medida en el ejercicio de sus derechos.
El curador:
Asistirá al incapaz en el cumplimiento de todos aquellos negocios que no sean de simple administración. Pero no administrara ni obra por sí mismo, se limita a dar o negar su consentimiento para los diferentes actos realizados por el incapaz.
Los menores emancipados y los inhabilitados:
Están sometidos a este régimen de asistencia o autorización.
CÓMO DECLARAR A UNA PERSONA COMO INCAPAZ
(Diferencias entre ambos Regímenes)
Incapacidad Negocial:
En el de representación es general y absoluta. En el de asistencia o autorización, es parcial y relativa.
Causa de la Incapacidad:
En el de representación es la edad o la salud mental. En el de asistencia o autorización, es la edad o la salud mental o la prodigalidad.
Sujeto afectado:
En el de representación son los menores y mayores entredichos. En el de asistencia o autorización, son los menores emancipados y mayores inhabilitados.
Denominación del Régimen:
En el de representación es la patria potestad o la tutela. En el de asistencia o autorización, es la curatela.
Sujeto Protector:
En el de representación son los padres o tutor. En el de asistencia o autorización, es el Curador.
Atribuciones del Protector:
En el de representación es la representación legal y administración de los bienes del Incapaz. En el de asistencia o autorización es solo eso, la asistencia.
Actos de Administración que puede ejecutar el incapaz:
En el de representación ninguno. En el de asistencia o autorización, actos de simple administración y conservatorios.
CÓMO DECLARAR A UNA PERSONA COMO INCAPAZ
(Diferencias entre la Interdicción y la Inhabilitación)
SEMEJANZAS:
Procedimientos:
En la inhabilitación se sigue, en principio el mismo procedimiento que para la interdicción. Cuando el Juez no encuentra justificación para decretar la interdicción, si fue solicitada por particular, podrá decretar la inhabilitación.
Principio de la inmediación procesal:
Por lo tanto, el juez no podrá dar comisión a otro juez para efectuar en la fase sumaria el interrogatorio del accionado ni las otras pruebas, en ninguna de las dos instituciones.
Intervención del Ministerio Público:
en los juicios de interdicción e inhabilitación civil debe estar notificado el Fiscal.
DIFERENCIAS:
Además del grado del defecto intelectual, existen diferencias procedimentales y diferencias en cuanto a los efectos que ambas instituciones producen.
Trámite:
La inhabilitación Civil, establece el artículo 740 del CPC, que se aplicará el mismo procedimiento de la interdicción civil, salvo que no podrá procederse de oficio, ni se podrá decretar la inhabilitación provisional luego del trámite sumario.
Defecto intelectual:
La interdicción, tiene lugar en presencia de una enfermedad grave (defecto intelectual grave) y produce una incapacidad plena que amerita la representación mediante tutor.
La inhabilitación, procede en caso de enfermedad mental leve (débil de entendimiento) o de prodigalidad, produce una incapacidad parcial que es subsanada a través de la asistencia de un curador.
Efectos:
La persona declarada entredicha, queda sometida a un régimen de representación, que es la tutela, se priva del gobierno de su persona al entredicho. Es una incapacidad de obrar plena, general y uniforme.
En la Inhabilitación el incapaz no pierde el gobierno de su persona. Su incapacidad de obrar es relativa, queda sometido a un régimen de asistencia o de autorización, que es la curatela.
Actos que pueda realizar el incapaz:
El inhábil, para poder ser parte en juicio, celebrar transacciones, dar y tomar préstamos, percibir sus créditos, dar liberaciones, enajenar o gravar sus bienes, o ejecutar actos que excedan de la simple administración, debe contar con la asistencia de un curador.
El entredicho no realiza ninguno de los actos anteriores, pues en su lugar los hace el tutor.
CÓMO DECLARAR A UNA PERSONA COMO INCAPAZ
La materia de las capacidades e incapacidades, tanto sustantiva como adjetiva, interesa al Estado, por lo cual es de orden público. En consecuencia, no es derogable a voluntad por los particulares.
Su interpretación es restrictiva y su prueba fehaciente, necesaria.
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Hola. se pude solicitar ante el tribunal una interdicción a un adulto mayor con Discapicidad Motriz?