QUORUM PARA DECISIONES EN CONDOMINIO
Quorum Para Decisiones En Condominio. Los porcentajes requeridos para la toma de decisiones en Condominio varían según los casos.
Se requiere del Acuerdo Unánime o 100%:
-Para Modificar la Cuota atribuida de participación a cada apartamento.
-Modificar fachadas, o realizar actos que afecten la Estética y Conservación del Inmueble
-Cuando se quiere modificar el Documento de Condominio
Se requiere del 75%:
-Al dilucidar o fijar un Gasto como Común o no.
-Si se quiere vender Puestos de Estacionamiento (no asignados a unidad determinada), a terceros
-Para efectuar Mejoras a las cosas comunes
-Al acordar Cuotas Extras
-Demandar al Propietario que reiteradamente incumpla sus obligaciones condominiales
Se requiere del 66%:
-Para la división de las Cosas Comunes
-Tomar Acuerdos sometidos a discusión en primera Consulta
Se requiere del 50 + 1%:
-La Junta de Condominio y sus decisiones
-Nombramiento del Administrador
-Modificación del Reglamento de Condominio
-Tomar Acuerdos sometidos a discusión en segunda Consulta
Se requiere del 33%:
-Para solicitar al Administrador convoque a Asamblea de propietarios
Se requiere de 1 o + Votos:
-Para solicitar al Juez que designe Administrador
-Suspender las Mejoras
-Dividir las Cosas Comunes por Destrucción o Ruina
-Impugnar los Acuerdos tomados en Asambleas
-Realizar Actos de conservación y administración de urgente necesidad
Conclusión acerca del Quorum Para Decisiones En Condominio:
La enumeración anterior no es completa ni taxativa.
Tampoco atiende solamente a las decisiones en Asamblea.
Ya que como nuestros Usuarios han podido apreciar, a veces se trata de alternativas que puede activar 1 solo propietario sin la anuencia de los otros.
Además debemos cuidar y ser celosos de atender a las formalidades previstas, tanto para la Consulta como para la Asamblea, en el Documento de Condominio y la Ley de la especialidad.
Pues de nada valdrá reunir el quorum si se han violado las formas anteriores, con lo cual la decisión plasmada en la Asamblea estará viciada de Nulidad.
Publicado el 27/06/2019.
Dra. Ana Ines Santander Ortiz. 0414-2070727
Por favor para aprobar cuota extra en divisa, para arreglo de fachada, puede ser aprobado por la mayoría de los presentes en reunión online o debe ser aprobado por el 100% de copropietarios? El metraje de cada apto.debe ser tomado en cuenta para monto a pagar? O todos pagan lo mismo?
Sra Marianella Colombo, conforme al artículo 10 de la ley de la especialidad, para modificar las fachadas se requiere del 100%, es decir el consentimiento unánime de los propietarios. Las cuotas lineales son ilegales. Cada apartamento paga conforme a su alícuota. Más inf. 0414-2070727 (Dra. Ana Santander) y/o 0414-1371078 (Dr. Enrique J. Andrea S.). No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios.
saludos Dra muy buena su pagina. ¿Que porcentaje se necesitaría para aprobar la dolarizacion del condominio en asamblea?
Sr Efrain bracho, le agradecemos su gentil comentario. Respecto al porcentaje, es nuestro criterio que cuando menos el 75% debe aprobarlo. Más inf. 0414-2070727 (Dra. Ana Santander) y/o 0414-1371078 (Dr. Enrique J. Andrea S.). No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios.
Es aplicable esa normativa a una Asociación Civil de propietarios de un sector urbanístico de los muchos que existen e Colinas de Carrizal.-