QUIEBRA DE COMERCIO

Quiebra de comercio prevista en el artículo 914 del C.Com, define la Quiebra así: “El comerciante que no estando en un estado de atraso, cese en el pago de sus obligaciones mercantiles, se halla en estado de quiebra”. De lo anterior, se concluye que, el comerciante debe estar en Cesación de Pagos y no en Estado de […]

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