Ana Santander

05 Feb 2020

TENER DOBLE NACIONALIDAD ¿ES DELITO?

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Tener doble nacionalidad ¿es delito? Vamos a partir por determinar, a la luz de nuestra constitución, quiénes se deben tener por venezolanos, conforme a su artículo 32.

SON VENEZOLANOS POR NACIMIENTO:
  • Toda persona nacida en la República: ius solis
  • La persona nacida en el extranjero:

hijo de padre venezolano por nacimiento y madre venezolana por nacimiento. Ius sanguini.

  • Toda persona nacida en el extranjero, hijo de padre venezolano por nacimiento o madre venezolana por nacimiento:

si establece su residencia en la República o declara su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.

 

  • La persona nacida en el extranjero de padre venezolano por naturalización o madre venezolana por naturalización:si antes de cumplir 18 años de edad, establece su residencia en la República y antes de cumplir 25 años de edad declara su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.

 

Pongamos un ejemplo:

Un Guardia Nacional en zona fronteriza detiene un vehículo de transporte público en el cual viajaba un ciudadano quien al solicitarle la identificación, lo hizo con un Acta de Nacimiento venezolana.

Luego realiza una inspección corporal al ciudadano, quien tenía dentro de su cartera una Cédula de ciudadanía Colombiana, a nombre del mismo señor.

Ocurriendo que el mencionado ciudadano posee doble nacionalidad con diferentes nombres, fechas y lugares de nacimiento.

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USO DE DOCUMENTO FALSO:

En nuestro ejemplo, el caballero podrá ser detenido y ser objeto de persecución penal al encontrarse que uno de los documentos con que se identificó es falso.

El delito en comento está previsto y sancionado:

en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, el cual establece una pena de 1 a 3 años, por el artículo 248 del CCPP y por el artículo 44 numeral 1 de la C.R.B.V.

Entonces, tener doble nacionalidad ¿es delito?

Lo que se considera aquí delito:

No es la existencia de la Doble Nacionalidad Legítimamente Adquirida, en una misma persona, la cual está permitida por nuestra CRBV.

Lo que se pena es el uso del documento falso, pues en el caso planteado, evidentemente, no podrán ser verdaderos ambos documentos de identificación que indican lugares y fechas diferentes de nacimiento.

El tema nos parece de particular relevancia:

pues hoy se han descubierto numerosos casos en los cuales, padres de otras nacionalidades, antiguamente, presentaban a sus hijos como “nacidos” en Venezuela, cuando en realidad habían “nacido” en otro país.

Y aunque hoy por hoy se valgan esos hijos de esa doble nacionalidad para facilitar sus trámites migratorios:

lo cierto es que esa pretendida doble nacionalidad y hasta doble cedulación, puede traerles problemas legales. Ya que no se corresponde con la realidad. No se puede nacer en dos lugares diferentes.

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¿QUE DEBE HACER UNA PERSONA QUE SE ENCUENTRE EN ESTE CASO?:
Si se trata de qué documentación debe portar, el artículo 7 de la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía lo resuelve:

pues todo ciudadano venezolano que posea otra nacionalidad deberá hacer uso de la nacionalidad venezolana para su ingreso, permanencia y salida del territorio de la República.

Debiendo identificarse como tales en todos los actos civiles y políticos.

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Si nació en el exterior, pero le corresponde la nacionalidad venezolana, el artículo 84 de la LORC indica que los nacimientos se registrarán en virtud de:
  1. Declaración del nacimiento.
  2. Decisión judicial.
  3. Documento auténtico emitido por autoridad extranjera, reconocido por una autoridad venezolana competente.
  4. Medida de protección dictada por el Consejo de Protección de  Niños, Niñas y Adolescentes.
Si lo deseado es anular un acta falsa de nacimiento venezolana por haber falseado el lugar de nacimiento, la resolución del CNE del 2013 expresa:

en su artículo 15 que la rectificación procederá cuando se solicite cambiar el dato relativo a la nacionalidad, si se demuestra que la persona era nacional de otro país para el momento de la inscripción.

Si quiere inscribirse como venezolano, nacido en el exterior de padres venezolanos por nacimiento, será el  Código Civil (465, 470) que atribuye a los funcionarios consulares de Venezuela en el exterior:

el deber de extender la partida de nacimiento de los hijos, nacidos en el extranjero, de padre y madre venezolanos por nacimiento.

De igual forma, la Primera Autoridad Civil de la Parroquia o Municipio de la última residencia de los padres:

debe igualmente garantizar el derecho a la inscripción en el registro. Si el niño nació en el extranjero para poder insertar la partida de nacimiento tiene que haber sido presentado en la Embajada o Consulado Venezolano que se encuentra ubicado en el país donde nació

Finalmente probar las gestiones que ese Despacho realizó en relación a esa gestión, para inscribir al niño, en el Registro Civil.

CONCLUSIÓN EN TENER DOBLE NACIONALIDAD ¿ES DELITO?:

En Venezuela es legal tener múltiples nacionalidades. También es legal renunciar a la nacionalidad venezolana y luego readquirirla.

No obstante, siempre en atención a declaraciones reales de lugares, fechas y datos filiatorios de nacimiento. El obtener documentos falsos de identidad o hacer uso de ellos, es ciertamente un delito contra la fe pública.

Dra. Ana Santander.

Abogado UCAB

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3 comentarios en “TENER DOBLE NACIONALIDAD ¿ES DELITO?

  1. Mi nieta nació en Colombia, le tramitaron la partida de nacimiento colombiana. Se puede presentar aquí en Venezuela para tramitar partida de nacimiento?, la madre es venezolana.

    1. Sr José Gauta, la respuesta es afirmativa. Su nieta goza de doble nacionalidad. Para más información puede concertar una cita privada. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

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