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28 Feb 2019

PROHIBICIÓN DE AUMENTAR LOS ALQUILERES

PROHIBICION DE AUMENTAR LOS ALQUILERES

 

Prohibición de aumentar los alquileres. Se prorroga por 6 meses la medida de congelación de alquileres.
Contenida en la Resolución Conjunta de los Ministerios de la Producción y el Comercio y de Infraestructura.

Publicada en Gaceta Oficial en fecha 19/05/ 2004. Ello en concordancia con lo previsto en el artículo 9 de la LAI.

Lo que obedece a la declaratoria del alquiler de vivienda como servicio de primera necesidad.

BASE LEGAL DE LA PROHIBICIÓN DE AUMENTAR LOS ALQUILERES:

La prórroga es del tenor siguiente, cito textualmente:

ARTÍCULO 1:

Prorrogar por 6 meses la medida de congelación de alquileres. Contenida en la Resolución Conjunta de los Ministerios de la Producción y el Comercio Nº 152 y de Infraestructura Nº 046 de fecha 18/05/2004.

Publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.941 del 19/05/2004.

ARTÍCULO 2:

Los arrendadores que infrinjan esta Resolución o incurran en los delitos de especulación, usura y otros delitos conexos, serán sancionados.

De conformidad con la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios.

Sin perjuicio de las sanciones previstas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.

ARTÍCULO 3:

La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

CONCLUSIÓN DE LA PROHIBICIÓN DE AUMENTAR LOS ALQUILERES:

La congelación anterior va muy distante con la realidad que enfrenta todo propietario de asumir el costo de mantenimiento de su inmueble.

Amén que con la tradición tan larga de ésta medida y para el caso de la propiedad horizontal.

El precio del alquiler ya resulta menor a la cantidad de dinero que debe desembolsar el dueño de un apartamento para pagar la cuota de condominio.

En consecuencia, inexorablemente, terminará por no pagarlo.

Ahora bien, al dejar de pagar el condominio, la Junta de Condominio no tiene suficientes recursos para dar mantenimiento a esa propiedad.

Entonces el desenlace final será el deterioro del edificio.

(Saber más)

Por lo tanto, la regulación permanente en el tiempo, desestimula la inversión y reduce la capacidad para la construcción, fuente principal de empleo en nuestro país. Publicado el 3/11/2009.

Dra. Ana Ines Santander Ortiz.

0414-2070727


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2 comentarios en “PROHIBICIÓN DE AUMENTAR LOS ALQUILERES

    1. Sra Deisy, el cobro en divisas está expresamente prohibido en materia de arriendo de viviendas. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Para más información puede concertar una cita privada. (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

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