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10 Jun 2020

JUICIOS EN LÍNEA ¿JUSTICIA ELECTRÓNICA?

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Juicios en línea ¿Justicia electrónica? En Venezuela y ante la pandemia pueden resultar una solución los juicios en línea. Claro está que esto pasa por la implementación de sistemas tecnológicos que aun no parecen estar al alcance de todos.

VENTAJAS DE LOS JUICIOS EN LÍNEA ¿JUSTICIA ELECTRÓNICA? :
La seguridad del sistema:

basado en la firma electrónica necesaria tanto para los Abogados y las partes, en relación a cuanto escrito o diligencia hayan de incorporar al expediente electrónico, como para los funcionarios jurisdiccionales al momento de validar tales actuaciones.

Consulta remota de expedientes:

una de las maravillas que ofrece el sistema. Para ello se asigna una clave de acceso y una contraseña. Las partes pueden conocer el estatus procesal de su expediente, las 24 horas del día los 365 días del año.

Las pruebas electrónicas o digitales:

son las mismas que en el juicio tradicional, pero se anexan electrónicamente a través del sistema.

Una justicia celera:

ya que hay una drástica reducción del tiempo de tramitación y sustanciación. Ganándose en el estudio y análisis jurisdiccional.

Ahorro en dinero y papel:

no hay gasto en impresiones, en costos de traslados por pasaje o gasolina, ni desecho de papel.

Más acceso a la justicia para las personas discapacitadas:

pues no tienen que trasladarse a los tribunales.

DESVENTAJAS DE LOS JUICIOS EN LÍNEA:
Problemas de accesibilidad:

para los que no tiene un internet o desconocen por completo la informática.

Falta de recursos técnicos y también formación:

recursos que debe proporcionar el Estado y la formación tanto para el personal jurisdiccional como para sus ususarios. Lo que implica un tiempo de adaptación.

Relativa seguridad que ofrecen las aplicaciones de software de video conferencias:

servicios como Zoom, Skype y tantos otros, que son de terceras empresas internacionales a veces no garantizar que se impidan los ciberataques o problemas similares de delincuentes informáticos.

La prueba testimonial on line:

no ofrece la misma garantía que cuando se hace el acto en forma presencial. Una contraparte mal intencionada podría hacer uso de la técnica “deepfakes”, que permite editar vídeos falsos de personas, utilizando vídeos o imágenes ya existentes y cuyo resultado final es un vídeo muy realista, aunque ficticio.

Incluso  esa misma contraparte, podría colocar al testigo al lado de alguien que lo asesore y nadie se dará cuenta.

Facilidad de modificar fotografías, videos, documentos, copias, etc:

toda información electrónica es manipulable, por lo que resta veracidad a las pruebas que se presentan por esta vía. Mientras que en el juicio tradicional, se puede notar y es más evidente ya que se visualizan en físico.

El problema de la publicidad de los juicios:

Es necesario evitar que los juicios sean colocados por ejemplo en YouTube para que cualquiera los vea.

Principio de la inmediatez de la prueba:

no es lo mismo una prueba teledirigida que una prueba en la cual el juzgador y las partes participan activamente. Ello incide en la convicción del juez.

La inmediatez de las Audiencias:

si un reo comparece desde la prisión vía video y su Abogado también lo hace desde otro lugar, al no tenerlo a su lado no le permitirá expresarle a plenitud sus preguntas o desacuerdos y el consejo del Abogado se diluye también.

SOLUCIONES:
Para  asegurar la identidad de las personas:

es indispensable el uso de la Firma Electrónica debidamente certificada por la Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica (Suscerte). Lo cual tiene el valor agregado de asegurar gracias al Hash, la inalterabilidad del documento electrónico.

(Saber más)

Lectores de huellas digitales:

la firma digital, el código de barras y otros medios biométricos, que corroboran que la persona que firma electrónicamente una actuación en el sistema está plenamente identificada y cuenta con las facultades para emitirla.

(Saber más)

De los documentos electrónicos:

España nos puede servir de ejemplo. Allí se parte de la premisa de confianza en el justiciable quien señalará expresamente si se trata de un documento original, con firma autógrafa o no, o bien de una copia simple.

Si se demuestra lo contrario, el oferente incurrirá en falsedad de declaración ante autoridad jurisdiccional, con la consecuente sanción penal.

(Saber más)

Es indispensable la capacitación:

de quienes forman parte del sistema de justicia en línea.

CONCLUSIÓN EN JUICIOS EN LÍNEA ¿JUSTICIA ELECTRÓNICA?:

El mayor reto es el cambio de paradigmas de quienes forman parte del aparato de justicia (personal jurisdiccional, autoridades y litigantes), acerca de la forma tradicional de concebir un juicio.

Si se quiere una mejor, efectiva y más celera forma de impartir la justicia en nuestro país.

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Dra. Ana Santander.

Abogado UCAB

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2 comentarios en “JUICIOS EN LÍNEA ¿JUSTICIA ELECTRÓNICA?

    1. Sr Rafael Artigas, todo dependerá si la firma electrónica fue otorgada debidamente por un proveedor certificado y reconocido. A tales efectos, lo ideal es revisar la documentación que Ud ostenta. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

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