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21 Oct 2019

DECLARACIÓN HEREDEROS UNICOS Y UNIVERSALES

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Declaración Herederos Unicos y Universales. Se trata de un justificativo de testigos en el que un Juez se pronuncia respecto de las personas que por ley o testamento son llamados a suceder (ocupar un lugar) en el patrimonio del difunto. 936 CPC.

TRIBUNAL QUE CONOCE  LA DECLARACIÓN HEREDEROS UNICOS Y UNIVERSALES:
Si existen  menores de edad:

se interpone la solicitud  ante los Tribunales de la especialidad. Es decir, los de  Protección. Por  privar  el interés superior del niño.

Como resultado de lo establecido en el artículo 177,  Parágrafo Segundo de la LOPNNA

En los demás casos:

la  solicitud  se interpondrá  ante los Tribunales de Municipio, por mandato de  la resolución Nº 2009-0006, emitida por el TSJ, el 18/03/ 2.009. Que expresa: “…Los Juzgados de  Municipios conocerán de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de  Jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia Civil…según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio y cualquier otro de semejante naturaleza…” 

(Saber más)

EL JUEZ ANTE LA DECLARACIÓN HEREDEROS UNICOS Y UNIVERSALES:

El Juez, deberá establecer si los solicitantes que se presentan ante él, son realmente, los únicos y universales herederos ab-intestato (sin  testamento) del causante (difunto).

Su declaración siempre será “sin perjuicio de otras personas con igual o mejores derechos”.

(Saber más)

FUNCION DE LA DECLARACIÓN HEREDEROS UNICOS Y UNIVERSALES:

Es muy usada para demostrar la condición de herederos ante el Seguro Social, cuando se persigue una pensión por sobreviviente.

De igual forma, permite acreditar la condición de tal ante el empleador, mientras se tramita formalmente la Declaración Sucesoral a la cual no suple.

OPOSICIÓN A LA SOLICITUD DE DECLARACIÓN HEREDEROS UNICOS Y UNIVERSALES:

Siempre y cuando no ocurriera oposición de terceros, el juez otorgará el Título suficiente de Único (s) y Universal (s) Heredero (s). Luego del examen de las pruebas documentales y testimoniales.

En estos procesos no existe una verdadera litis o contención:

se trata de la llamada jurisdicción graciosa y/o voluntaria. (937 CPC).

Caso de Oposición a la Solicitud:

pero puede ocurrir que producto del Edicto ordenado por el juez, (para emplazar a todo aquel que tenga interés), comparezca un interesado y efectúe oposición.

Por ejemplo alegando ser también hijo del causante y consignando Datos Filiatorios y Acta de Nacimiento.

¿Qué hacer ante una oposición como la ejemplificada?:

Pues bien, todo juez en jurisdicción voluntaria, está investido de la llamada facultad tuitiva. A fin de proteger los intereses contra los cuales pueda ir su declaratoria sobre el derecho que se reclama o asegura.

PRINCIPIO TUITIVO O PROTECTOR DEL 11CPC:

“…en los asuntos no contenciosos…los jueces…podrán exigir que se amplíe la prueba…y aun requerir otras pruebas…La resolución que dictare dejara siempre ha salvo los derechos de terceros…”.

Por lo tanto al interponerse oposición, al juzgador no le quedará otra alternativa que desestimar la solicitud, dando el pase a juicio ordinario.

JUSTIFICACIONES PARA PERPETUA MEMORIA:

El procesalista Zuliano, Angel Francisco Brice, señala que su finalidad está dirigida a demostrar algún hecho o algún derecho propio del interesado.

La única restricción de estos justificativos, será naturalmente, si atentan contra la moral, las buenas costumbres, o el orden público.

NATURALEZA JURÍDICA DE LA DECLARATORIA DEL JUEZ EN ESTE PROCESO:

La resolución del juez se mantendrá vigente mientras no cambien las circunstancias que la originaron.  Y no sea solicitada su modificación o revocatoria por el interesado.

Caso en el cual, el juez obrara también con conocimiento de causa

Recordemos que en jurisdicción voluntaria, la sentencia que declara el derecho, no hace tránsito a cosa juzgada.

Publicado el 11/03/2016.

Dra. Ana Santander.

Abogado UCAB

0414-2070727

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286 comentarios en “DECLARACIÓN HEREDEROS UNICOS Y UNIVERSALES

  1. Buenas tarde.. Necesito que me aclaren una dude.. Cuando hay menores herederos, se hace la solicitud al Tribunal de primer Instancia o a al Tribunal de Municipio.???

    1. Sr Heilus, de Ud ser Abogado, por favor llámenos directamente y con gusto le atenderemos. Recuerde que la intención de la presente página web es servir de orientación al público en general. Por lo que las formas procesales, precisiones legales y las acciones judiciales a intentar, las atendemos telefónicamente. Le agradecemos su participación y confianza en nuestro equipo SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Para más información puede concertar una cita privada. (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  2. Buen día tengo un problema con un acta de defunción de la mamá de mi esposo el hermano no declaró como hijo a mi esposo que ya está difunto y tenemos dos hijos entre los cuales uno es un menor de 11 años, el hermano de mi esposo dice que él no piensa hacer ninguna inclusión y ninguna declaración sucesoral y que no piensa vender ni aceptan que le paguen su parte de la casa heredera la cuál el habita

    1. Sra Yiraima Carmona, desde el 2017, no hace falta incluir en el Acta de Defunción a los herederos (hijos, ni esposa, ni concubina), basta solo colocar el hecho del fallecimiento y su causa, es decir, las menciones puntuales que tienen que ver con la defunción. Respecto al tema sucesoral, el que su esposo no aparezca mencionado en el Acta de Defunción, no impide que se le incluya el la Declaración a efectuar en el Seniat o ante Tribunales. Nuestra firma de Abogados adelanta varios casos como el suyo y en las anotadas circunstancias, sin problema alguno.Para más información puede concertar una cita privada. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Ud tiene derechos pero debe ejercerlos debidamente para evitar que pierda tiempo y dinero. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  3. Buenas tardes tengo una consulta, si yo deseo celebrarla protocolizacion de la compra y constitucion de hipoteca, puedo presentar en sustitucion de la declaracion de unicos y herederos universales el formulario de autoliquidacion de impuestos sucesorales y la relacion de bienes emitida por el seniat?

    1. Sr erly morales de Ud ser Abogado, por favor llámenos directamente y con gusto le atenderemos. Recuerde que la intención de la presente página web es servir de orientación al público en general. Por lo que las formas procesales, precisiones legales y las acciones judiciales a intentar, las atendemos telefónicamente. Le agradecemos su participación y confianza en nuestro equipo SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Para más información puede concertar una cita privada. (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

    1. Sra Diana, le agradecemos su gentil comentario. Para más información puede concertar una cita privada. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  4. Orientación sobre una declaración única y universal de herederos. La madre falleció primero, luego muer un hijo, este ya está mencionado e. La acta de defunción. Pero es actualmente que van hacer dicha solicitud. Pregunta debe hacerse por separado las declaraciones?

    1. Sra Reyna Ríera, depende de la práctica tribunalicia pero para eso debe estar de la mano de un Abogado que previamente le averigüe si deberá hacerlo por se parado o en conjunto, según el tribunal en el que corresponda. Generalmente es separado. Para más información puede concertar una cita privada. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  5. Buenos días. Que se puede hacer en el siguiente caso? Los hijos de del causante renunciaron a una casa con terreno que dejó su papá dónde vivio con su actual esposa, pero la esposa fue al SENIAT y no le quieren recibir los documentos que le solicitan para hacer la declaración sucesal.

    1. Sra Damarys, de Ud ser Abogado, por favor llámenos directamente y con gusto le atenderemos. Recuerde que la intención de la presente página web es servir de orientación al público en general. Por lo que las formas procesales, precisiones legales y las acciones judiciales a intentar, las atendemos telefónicamente. Le agradecemos su participación y confianza en nuestro equipo SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Para más información puede concertar una cita privada. (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  6. Buenas noches doctora, compré una vivienda siendo soltera. Soy hija única, aún no me he casado; pero tengo un concubinato reciente. Quiero saber si Dios no lo quiera fallezco mi concubino o esposo puede reclamar mi casa para él o mis padres son herederos también en caso de que no tenga hijos, o incluso teniendo hijos mis padres quedarían en la calle porque todo pasaría a mi esposo e hijos, o si es necesario que firme capitulaciones antes de casarme. Gracias.

    1. Sra Laura, en la actualidad puede suscribir las capitulaciones. antes o durante su relación matrimonial o concubinaria. No obstante, con o sin capitulaciones los derechos hereditarios de su pareja se mantienen. Entonces en caso de su fallecimiento, para poder proteger a sus padres, lo ideal es traducir esa voluntad a nivel documental sin violar los derechos ya aludidos. Ud puede concretar su pretensión, pero debe hacerlo en la forma más segura posible. Para más información puede concertar una cita privada. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  7. hola buen dia, soy Abogada pero tengo una duda, tengo una cliente que requiere solicitar una declaracion de unicos herederos y universales de su fallecido concubino, tuvieron dos hijas de los cuales una es menor de edad. Se que debo introducir la solicitud por tribunal de proteccion, pero, la misma debe ser solo por declaracion de unicas herederas y universales a las hijas? o tambien debe dejar claro que la solicitud es para declarar unicas y herederas universales a la concubina y a sus hijas?

    1. Sra Isamary Sosa, le agradecemos su honestidad. Si la concubina tiene debidamente acreditado tal caracter, puede incluirla en el documento a intrpducir en Tribunales. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  8. Buenas tardes, soy heredero ; mi pregunta concreta puedo hacer la declaración de Herederos Universales???. Sola ..
    Por supuesto tengo toda la documentación necesaria para realizarlo.
    Se hace por Tribunales??
    Gracias..

    1. Sra María Rienzi Monteverde, si es en Tribunales, pero no puede tramitarla sin estar asistida por profesional del derecho. Para más información puede concertar una cita privada. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  9. En una sucesión dónde el causante no tiene pareja y sólo le sobrevive su hijo único. Es necesario hacer la declaración de único y universales herederos?? Se necesita para la declaración sucesoral?

    1. Sra Yraima, de Ud ser Abogado, por favor llámenos directamente y con gusto le atenderemos. Recuerde que la intención de la presente página web es servir de orientación al público en general. Por lo que las formas procesales, precisiones legales y las acciones judiciales a intentar, las atendemos telefónicamente. Le agradecemos su participación y confianza en nuestro equipo SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Para más información puede concertar una cita privada. (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  10. Buen día! Disculpe, mi papá falleció deja a mi mamá y 5 hijas con un inmueble que construyeron sobre un terreno de la municipalidad, tambien tienen 2 carritos. No se ha hecho la declaración unica y universal. La pregunta es, ¿Cuando puede mi mamá vender la casa y los 2 carritos?

    1. Sr Rody Alvarez, Lo ideal es revisar la documentación que Ud ostenta para darle una respuesta más categórica y profesional. Sin embargo, todo apunta a que una vez que efectúa la Declaración Sucesoral. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Para más información puede concertar una cita privada. (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  11. Luisana.- Dra. somos 5 herederos.- Pero uno de los herederos realizo una Declaración y Unico y Universales Herederos a escondida del resto de los herederos.- Y ahora quiere vender una propiedad.- podrá vender esa propiedad ? Podré impugnar esa declaración de U.U.H. ?

    1. Sra Luisana diaz. Lo ideal es revisar la documentación que Ud ostenta para darle una respuesta más categórica y profesional. Sin embargo, le podemos adelantar que todo apunta a que a la primera inquietud la respuesta es no y a la segunda la respuesta es si, de existir causal justificada para ello. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Para más información puede concertar una cita privada. (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  12. Doctora pueden poner en venta un inmueble en donde su documento indica que la madre viuda cede(mediante una venta) el 50% a sus 5 hijos? Ese 50% lo tomaron de la declaración sucesoral de su esposo que ya había fallecido, mi pregunta es pueden con ese documento vender el inmueble en su totalidad así indique que es solo el 50%? Debo acotar que la madre y viuda para el momento de la venta, después de venderle a sus 5 hijos ya fallecio, y ahora sus 5 hijos quieren vender el inmueble con solo ese documento. Lo pueden hacer?

    1. Sra Carmen Navas, Lo ideal es revisar la documentación que Ud ostenta para darle una respuesta más categórica y profesional. Sin embargo, le podemos adelantar que al parecer queda allí un porcentaje pendiente que es el de la cuota hereditaria de la madre al fallecer su esposo, entre otras consideraciones que habría que tomar en cuenta. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Para más información puede concertar una cita privada. (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  13. Buenas noches.,se puede realizar la declaración de herederos únicos y universales, como opción para poder firmar un contrato de arrendamiento que tiene premura en representación del 50% del fallecido, mientras se realiza la declaración sucesoral ?….Gracias

    1. Sra Yasmina García, Lo ideal es revisar la documentación que Ud ostenta para darle una respuesta más categórica y profesional. Sin embargo, le podemos adelantar que el arrendamiento es un acto de administración que puede celebrar cualquier de los herederos. Y si es posible efectuarlo antes o durenta el proceso ante el Seniat. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Para más información puede concertar una cita privada. (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  14. Buenas tardes doctora,mi tía es la única heredera de su esposo fallecido,y los bienes también estan a nombre de ella y su difunto esposo,mi pregunta es,necesariamente ella tiene que sacar la declaración jurdada de herederos universales? O puede hacer la declaración sucesoral obviando lo anterior..

    1. Sra damaris ruiz, ella puede solamente tramitar la Declaración Sucesoral. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Para más información puede concertar una cita privada. (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  15. Buenas tardes Dra Ana: mi padre y mi tio son propietarios de las bienechurias de un inmueble de 2 plantas independientes y en el titulo suplitorio no se define quien es dueño de cada planta. De mutuo acuerdo entre ambos, mi padre ha ocupado la planta baja y el hermano la 2da, fué su vivienda principal hasta el dia de su fallecimiento. Este acuerdo verbal fue por mas de 35 años, pero el ya no esta. Dejo una relacion concubinaria e hijos. Y sobre esas 2 plantas hay una tercera planta que se fabrico muchos años despues del registro del titulo suplitorio y del cual no tengo conocimiento si esta 3 planta esta registrada.
    ¿Frente a esta situación mi padre se deberá agregar en la declaración sucesoral?. Siendo el dueño por más de 35 años su vivienda pasara a formar parte de la reparticion de bienes con cuñada y hijos?
    ¿Qué debemos hacer?.
    Agradezco su asesoria.

    1. Sra yajaira martinez el 50% de esa bienhechuría pasará a formar parte de la herencia de los hijos y de la concubina si efectivamente tenía debidamente comprobado su concubinato, caso contrario no heredará. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Para más información puede concertar una cita privada. (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  16. Buenas noches. Mi hermano murio hace poco mas de un mes, el vivio con una mujer varios años pero hace un año se separaron, ellos nunca se casaron ni firmaron ningun documento de concubinato. Ellos construyeron una casa, pero no registraron esas bienhechurias y el terreno es un terreno municipal, no les pertenecia. Ellos no dejaron hijos. La unica heredera es mi mama o quien fuera su compañera tambien es heredera de esa propiedad sin registrar?

    1. Sr Carlos P., la concubina será propietaria del 50% de tal bienhechuría si se construyó durante el concubinato, pero no será heredera pues según su decir, ella estaba separada de su hermano. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Para más información puede concertar una cita privada. (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  17. Buenas noches, la unica heredera de una persona que falleció hace dos meses quiere que el unico bien heredado esté a su nombre, que necesita para cambiar la titularidad, ya tiene el rif suscesoral? Y en tal caso el documento ante quien debemos presentarlo, un tribunal?.

    1. Sr Ayram Acosta, deberá efectuar la Declaración Sucesoral y luego efectuar los trámites en la Alcaldía si quiere que por ante esa institución se cambie la titularidad también. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Para más información puede concertar una cita privada. (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  18. Buenas tardes estimada Dra Ana gusto saludarle, la presente es para solicitar una asesoria, mi esposo fallecio y dejo unos bienes, de los cuales hay unos de los que adquirio antes de casarnos y otros que adquirimos bajo matrimonio, soy heredera de todos los bienes? O solamente los que adquirimos. Otra pregunta el tenia dos hijos de los cuales uno ya fallecio, el fallecido no dejo hijos pero tiene a su mama, la madre de este hijo, hereda?

    1. Sra Ines Cisneros, Ud hereda respecto a todo el patrimonio que dejó quien fuera su esposo. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Para más información puede concertar una cita privada. (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  19. buenas tardes¨ Mi esposo muere en septiembre 2021 dejo 8 hijos, pero en el titulo suplitorio de la casa solo dejo a nuestros 5 hijos como herederos,,, como puedo hacer hay la declaracion susesoria….

    1. Sra Linda, lo ideal es revisar la documentación que Ud ostenta para darle una respuesta más categórica y profesional. Pues si se trata que en el título supletorio figuran como propietarios los 5 hijos y el padre, pues el restante solo heredará la porción que tenía su padre. Si se trata que dejó un testamento, habrá que ver si no vulneró la legítima de los restantes hijos. Son muchas las opciones que le podemos plantear, por eso es importante revisar la documentación. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Para más información puede concertar una cita privada. (Dra. Ana Santander 04142070727 y/o Dr. Enrique J Andrea S 04141371078).

  20. Una vivienda es de 2 hermanas segun los doc de propiedad, una de las dueñas fallece y estaba casada y con 1 hija mayor de edad. La otra dueña es soltera y sin hijos.
    Cualquiera de los 3 puede solicitar de la DUUH?
    La hermana, el esposo o la unica hija?
    Que requisitos se necesitan?
    Siendo todos mayores de edad igual debe presentar partidas de nacimiento o solo copias de cedula?

    1. Sra Zora,m la respuesta es afirmativa. Respecto a los documentos que debe acompañar, dependerá de las exigencias de Tribunal que lleve la causa. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  21. Buenastardes!!
    Mi hermano fallecio hace unos 16 dias, de su trabajo nos llamaron y nos dijeron que para que mi mama pudiera cobrar el finiquito ella tenia que hacer una declaracion de herederos unicos y universales… pero no comprendo muy bien eso ya que mi hermano tiene algunas discapacidades y ellos al momento de contratalo estaban muy claro de eso… Mi madre siempre a sido la tutora legal de el y no se que hacer realmente en este caso… si me podian ayudar por favor este es mi numero de contacto 04122986116
    Gracias!!

    1. Sra Dayana Pincay, se trata de un trámite por ante la jurisdicción. Es muy sencillo y no ofrece mayores complicaciones. Basta acreditar el caracter de herederos de su padre y cumplir ciertos requerimientos del tribunal que lleve la causa. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  22. Hola buenas noches, mi pregunta directa es, ya realice rif sucesoral y me fue entregado en las oficinas del Seniat, es obligatorio realizar la declaracion sucesoral ante los Tribunales respectivos, o en que casos debo realizarlo ante esta Jurisdiccion, o solo debo realizar la declaracion ante el Seniat a traves de la planilla Forma 32

    1. Sra Deyanira Torres teniendo Ud ya el Certificado de Solvencia de Sucesiones, no requiere tramitar la otra Declaración por ante los Tribunales. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  23. buenas noche mi madre murio hace 2 anos y quedo una casa somos 7 hermanos de los cuales 2 murieron. mi mama nunca registro la casa y cuando trate de hacer la declaracion sucesoral no daba la opcion por que la casa no estaba registrada como vivienda principal, solo existe registro del terreno pero con eso no pude hacer nada, en este caso que se puede hacer sacar solo unicos herederos universales para que los hijos quedemos con derecho a la casa y asi poder tener aceso a la casa, entre los 5 que estamos vivos nos hacemos cargo de los gasto y mantenimiento de la misma y no queremos vender

    1. Sra Marlene Millans, el llamado es a contratar un Abogado que le realice el proceso de la Declaración Sucesoral. Nuestra firma, siempre declara ante el SENIAT las bienhechurías a pesar de estar enclavadas en terreno municipal, con más razón si se trata de terreno propio. Es esta declaración la que le permitirá disponer del inmueble en cuestión. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  24. Buenos días. Mi madre falleció en el exterior. Somos 3 hermanos uno vive en usa yo en Italia y mi hermano en vzla. Queremos hacer la declaración de únicos y herederos universales. Pero no sé si exista algún problema con mi hermana que está en usa ya que allá no hay consulados. Si se puede hay algún número con WhatsApp para contactarlos por favor

  25. Buenas tardes gusto en saludarles, es necesario el documentos de herederos únicos y universales, para vender un inmueble, vivienda principal que dejó mi papá cuando falleció. Gracias

    1. Sra Isa Olivares, la respuesta es negativa. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  26. Buenas tardes, mi papa murió hace doce años, se realizó la declaracion sucesoral dejo tierras y un carro, somo trece hijos y mi mama que estaba casada con el pero el carro quedo donde la amante.
    nunca lo reclamamos y ahora que queremos hacerlo aparece registrado ante el intt a nombre del hijastro que se puede hacer en ese caso.

    1. Sra odilia castro, si se trata de un «directo», podrá procurar anular tal documento por carecer de la cadena de titularidad respectiva, entre otras consideraciones. Sin embargo, lo ideal en su caso es revisar la documentación que Ud ostenta para darle una respuesta más categórica y profesional. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

      1. Estimada Dra. Estuve casada don capitulaciones matrimoniales con mi difunto esposo. 10 años antes de su muerte, el decidió venderme sus bienes ante registro, todo legalmente. El fallece y todos los bienes quedan a mi nombre. Que declaración debo hacer ante el Seniat, si el falleció sin bienes. No tuvimos hijos en común.

  27. Buenas tardes!
    Mi suegra falleció en el mes de Dic 2021 mi esposo es su único hijo, pero aún no ha hecho la declaración sucesoral. Que es lo primero el Rif sucesoral o la declaración? Gracias.

    1. Sra Ayari, lo primero es obtener el Rif sucesoral. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

    1. Sra Vannessa si su abuela dejó bienes que están debidamente titulados y registrador o autenticados, debe hacer la Declaraciòn Sucesoral, salvo el caso de prescripción, que es cuestión de análisis. Lo ideal es revisar la documentación que Ud ostenta para darle una respuesta más categórica y profesional. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  28. Buenas noches, Dra.. mi madre murió en diciembre del año pasado, ya realizamos la declaración sucesoral, pero no colocamos la casa que se encuentra en otro estado, tendremos problemas por eso o se puede subsanar a tiempo. Gracias

    1. Sra Magi de Viloria, para esos efectos existe la Declaración Sustitutiva. No se preocupe, tramite la misma a la brevedad para que pueda disponer del bien. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  29. Saludos, exelente artículo tengo una inquietud. Mi padre falleció y nunca hiso concubinato con su pareja, yo soy su único hijo el poseía unas tierras en ese caso que debo hacer, un tío me dice que mi abuela hereda la mitad de los bienes de mi papá¿Eso es cierto?

    1. Sr José Luis, los hijos excluyen a los otros herederos, por lo tanto Ud solo es el heredero forzoso de su padre. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  30. Buenas tardes mi abogado tiene ya 2 meses y 20 dias tramitando delante del jusgado la carta susesorial es normal que se tarde tanto, para retirar las prestaciones de mi madre eso me tiene muy inquieta de echo el tiene un poder firmado por mi el caso es que tanto tiempo se tarda en salir esto

    1. Sra Ydalia de rodriguez, no contamos con suficientes elementos de juicio para determinar si hay un retardo injustificado o no. Pídale a su Abogado le informe de las etapa actual de su proceso. En nuestra firma de Abogados, incluso le facilitamos a nuestros clientes el acceso virtual a sus expedientes, por lo que están absolutamente informados de todas nuestras gestiones. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  31. Buenas tarde, existe la posibilidad de incluir en la declaración ante el seniat si posteriormente aparecieron nuevos herederos de una sucesión sin que esta sea considerada fraudulenta o el ente cobrara un multa por ello. o con una declaración de herederos universales ante el tribunal se puede subsanar eso .

    1. Sra Carmen Contreras, Los Abogados somos como un profesional de la salud, si Ud le pide que le recete un medicamento, sin que le haya revisado con anterioridad, éste profesional se va a negar y con toda razón. Por lo que lo ideal es tratar su caso a través de una consulta profesional en la que revisemos su documentación. Dicho eso, le podemos adelantar que existe para estos casos la Declaración Sustitutiva precisamente para subsanar este tipo de omisiones. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  32. Bnas.Al morir Mi mamá dejo una casa ya declarada al seniat,somos una sucesión de 10 herederos,9hermanos y mi padre q era casado con mi mamá.Mi papá m cedió su parte a mi q soy su hija menor.Sin embargo vivo en una habitación anexa a la con mis 2 hijos.tengo una hermana q vive con el marido sus 3 hijas,2 nietos y el yerno.Quiero q el esposo de mi hermana y el d mi sobrina desalojen el inmueble ya q no colaboran y cada vez la casa se deteriora mas.q debo hacer en ese caso.Sin embargo no quiero conflicto con mi hermana, sus hijas y los niños,pues ellos pueden permanecer alli como la casa materna

    1. Sra Carolina, por una parte los desalojos en Venezuela están suspendidos en la actualidad, por otra parte, Ud tiene una comunidad con sus hermanos y aunque Ud pueda o no tener debidamente titulados sus derechos y representar estos un porcentaje mayor al de sus hermanos, no es menos cierto que ellos son propietarios también. En tal sentido lo ideal es procurar un acuerdo con ellos en una relación ganar-ganar, que les ahorre tiempo y dinero a todos. Caso contrario el camino es el contencioso y judicial.
      No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

    1. Sra María, generalmente un mínimo de 2. Pero esto lo definirá el propio Juzgado que es la voz oficial en este tema. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  33. Bnos días Dra.Necesito por favor consultarle lo sgte:Mi madre estuvo casada hasta el 2011.Ellos se separaron hace como 30 años. Ella vivia con otro sr.Ella fallece en 2019 y ese sr quiere heredar lo d mi mamá.Nunca hubo nada por escrito de ese concubinato.Dice q a el le corresponde desde el año q mi papá murio. Es eso cierto?El hereda la mitad de mi mamá?

    1. Sra Aslay Rojas, la última pareja de su madre deberá acreditar a través de sentencia, la existencia del concubinato para poder exigir derechos hereditarios de ella. Caso contrario no los podrá exigir. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

    1. Sra Astrid de Requena, el poder lo deberán otorgar al Abogado que e encargará de realizar el trámite, no a su persona. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  34. Puede solicitarse la Declaración de herederos universales sin los documentos de identidad de algunos herederos, por no tenerlas el declarante y solicitar al juez oficie a estos para que la presenten?

    1. Sra Ayza Escalona, de Ud ser Abogado, por favor llámenos directamente y con gusto le atenderemos. Recuerde que la intención de la presente página web es servir de orientación al público en general. Por lo que las formas procesales, precisiones legales y las acciones judiciales a intentar, las atendemos telefónicamente. Le agradecemos su participación y confianza en nuestro equipo. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL.COM.VE. Dra. Ana Santander 04142070727

  35. Luego de realizar los tramites de la Declaracion Sucesoral por ante el Seniat que se debe hacer ante los tribunales? es obligatorio acudir a los tribunales para darle legalidad a esa declaracion sucesoral?

    1. Sra Pilar Pereira, la respuesta es negativa. Lo que deberá tramitar a futuro en los tribunales es la partición amistosa o contenciosa de tal herencia. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  36. Buenas noches, mi Padre falleció el 14/10/21 y queremos hacer la declaracion de únicos y universales herederos. La pregunta sería, hay que ir al SENIAT? y qué requisitos hay que llevar? Qué ocurre si mi hermana no quiere ir?

    1. Sr Rafael Bendahán, la Declaración a la que Ud alude se tramita por ante los tribunales, no por ante el Seniat. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

    1. Sra Merlu, el propósito de la presente página web es servir de apoyo a las pequeñas inquietudes legales de nuestros Usuarios. La inquietud por Ud manifestada requiere el estudio de su documentación así como el realizar cálculos que por esta vía son imposibles de efectuar. La invitación es a contratar un Abogado que le efectúe tales cálculos. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  37. en caso de una sucesión conformada por 6 herederos (hijos), todos vivos, mayores de edad y donde el único bien es un apartamento (vivienda principal) del causante, la cual se pretende vender. Es necesario realizar ésta declaración universal de herederos? o se puede obviar?

    1. Sr Gebert Sotillo Carreño, la declaración que deberán hacer es la que se presenta ante el SENIAT, o es necesario la otra. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  38. Mi padre murio el 31/10/2019 en Margarita Nva Esparta, vivo en Caracas y no se ha hecho la Declaración de Heredero Universal, hay preclusión para tramitarlo

    1. Sra Elena Rodríguez, la prescripción es a los 10 años. Por lo tanto aun está a tiempo, a pesar de las multas o sanciones por retardo, de hacer tal Declaración. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

    1. Sr Francisco Escuela, el término exacto será legalizarlo por la máxima autoridad del poder público al que corresponda y luego apostillarlo. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  39. Hola, buen día: mi papá ha fallecido en el exterior, ya se tiene su acta de defunción apostillada, mi papa con mi mama tienen un apartamento en Venezuela y además somos tres hijos, que debemos hacer para normalizar la situación de papa en Venezuela, pensando a futuro la venta de ese apartamento, mi mama también esta afuera del país. mi papa no deja ningún testamento ni seguro, solo tenia la pensión de Venezuela.
    veo que se habla de declaración de herederos únicos y Universales, y Declaración Sucesorial, hay algo mas que hacer? los vienes comunes entre mis padres? se puede hacer desde el exterior?

    1. Sr Maximo Manuel, en casos como el suyo nuestra firma de Abogados efectúa la Declaración Sucesoral aquí en Venezuela sin necesidad que su madre deba venir al país. A los efectos de este trámite, que es el único que le permite disponer (vender) del inmueble, no es un obstáculo que su padre haya fallecido en el exterior. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  40. BUEBAS TARDE, MI PAPA FALLECIÓ Y DEJÓ DOS CASAS PERO EN UNA CASA VIVE MI HERMANA, AHORA BIEN MI MAMÁ LE DEJO ESA CASA A MI HERMANA, PERO ELLA NO QUIERE QUE ESA CASA SE DECLARE SOLO QUIERE QUE SE DECLARE UNA SOLA CASA COMO VIVIENDA PRINCIPAL LA OTRA NO PERO EN LOS DOCUMENTOS SALE MI PAPA Y MI MAMÁ, QUE INPLICACIONES LE PUEDE TRAER ESO A MI HERMANA EN EL FUTURO SI ESA CASA NO ENTRA EN LA DECLARACIÓN SUCESORAL

    1. Sr Alejandro Mao Aguilar Martínez, Lo ideal es revisar la documentación que Ud ostenta para darle una respuesta más categórica y profesional. Sin embargo, si la vivienda está debidamente titulada a favor de su padre, habrá que declararla, de lo contrario ni su hermana ni el resto de los herederos podrá disponer de ella. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  41. Buen dia, una pregunta, con la declaracion de herederos unicos y universales yo puedo realizar un documento de opcion compra-venta ante notaria, mientras se resuelvo la declaración sucesoral ante el SENIAT?

    1. Sr DEIBY HERNANDEZ, Ud podrá encontrar diferentes respuestas o criterios en este sentido, pues el Derecho no es matemático. Sin embargo, en nuestro criterio, es perfectamente válida la opción que Ud plantea. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  42. Buenas tardes, mi padre falleció solo somos 2 hermanos, al momento de su muerte era casado pero su esposa no era nuestra madre. Se hizo su declaracion sucesoral y se declaró el inmueble una vivienda, nosotros 3 como herederos. No hicimos declaración de únicos herederos universal. A los 2 años ella murio en 2015 de 80 años edad, no dejo hijos ni hermanos vivos. No se declaró en su momento y ahora intento declararla para cancelar las multas y me dicen en el seniat q no tengo ningún parentesco por lo tanto no me corresponde hacer su declaracion. Que se puede hacer en este caso?

    1. Sr Jose perez, estamos de acuerdo con la posición del Seniat. Si no existen familiares o herederos, la herencia pasará a beneficio del Estado. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  43. Buenas tardes, el concubino de mi mamá falleció y le dejo una vivienda. Ella realizó declaración sucesoral pero aún no se ha podido realizar cambio de nombre de dicha suc a su nombre. Ella no tiene declaración de unico heredero. Ella quiere hacer un testamento abierto para heredar a uno de sus hijos. Es Necesario declaración de heredero universal? O con la suc ante el seniat basta?

    1. Sr Anonimo, por políticas de nuestra firma de Abogados, no respondemos consultas a personas identificadas como anónimo. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  44. Buenas tardes Dra. por favor me podria orietar con respecto a una duda, el padre de mi esposo fallecio por muerte natural hace 15 dias, el fue pensionado de PDVSA, su madre esta viva y los quieren hacer la declaracion de herederos universales para que ella disfrute de los beneficios del señor.
    A donde debo dirigirme y que pasos deben seguir, gracias de antemano

    1. Sra Mercedes Bejarano, este tipo de declaración se efectúa por ante un Tribunal, llevando a la sede del mismo los testigos necesarios. Respecto a los pasos a seguir no debe preocuparse, pues Ud debe estar de la mano de Abogado de su confianza. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078

  45. tengo testamento como heredera universal de mi esposo fallecido hace 4 años que realizo mi esposo para proteger a nuestro hijo de 10 años hay bienes inmuebles que mi esposo heredo despues de su fallecimiento pero no he podido hacer nada ya que tiene otra hija que no me facilita sus documentos para finiquitar la sucesion ahora ella quiere que yo venda el apartamento para que le de su parte que debo hacer ? soy casada ,viuda legalmente mi hijo es reconocido po mi esposo dentro de el matrimonio y aparte poseo testamento como heredera universal pero esta chica reclama que hago?

    1. Sra leidy hernandez, un testamento no puede vulnerar la legítima de los demás herederos, tenga cuidado con eso. Los derechos de cada uno de Uds los herederos forzosos deberá ser respetado. Nuestra firma de Abogados cuando existe negativa de algún heredero en suministrar documentos, procede a obtenerlos directamente de las autoridades competentes. Le aclaramos que no tiene que proceder de inmediato a la venta del apartamento, pero a la larga reiteramos, los derechos de esa hija deben ser honrados. Lo ideal en su caso es revisar la documentación que Ud ostenta para darle una respuesta más categórica y profesional. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  46. Buenas noches Dra. mi pregunta es si mi padre era heredero y al fallecer los hijos pasamos a heredar, y todos como 1 ? o de forma individual gracias

    1. Sr jose rodriguez, todos los hijos en su conjunto representarán y ocuparán el puesto que su padre tenía en la herencia. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  47. hola me querien quitar la herencia de mi madre los demas hermanos 8 en totla no quieren hacer la declaracion sucesorial para no arme nada de la casa materna
    ayuda

    1. Sr heriberto, Ud no necesita del consentimiento de los otros herederos para efectuar el trámite de la Declaración Sucesoral, lo puede efectuar solo. Ud tiene derechos pero debe ejercerlos. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  48. Feliz día, tengo una duda, una viuda quw requiere solicitar pensión de sobreviviente debe gestionar la declaración de heredero universal? Si es así,ante que instancia debe hacerlo.
    Gracias

    1. Sra Josmig Farreras, la respuesta es afirmativa y es ante los Tribunales competentes. Ud no debe preocuparse por las formalidades, pues se supone que debe estar de la mano de un Abogado que le tramite ese proceso y sea conocedor de la materia. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

    1. Sra Johanna, en el Tribunal de Protección del Niño y del adolescente. Sin embargo, Ud no debe preocuparse por estos detalles pues se supone que Ud estará tramitando esas actuaciones de la mano de Abogado que conozca la materia. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  49. Buen día hice la declaración del Seniat De mi pero no la de herederos únicos universales ante el tribunal ahora mi madre fallece necesito realizar la declaración?

    1. Sr Juan canelo, la respuesta es afirmativa si quien falleció era el cónyuge legítimo de su madre. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  50. Buenas Dra Santander: no déclaré los bienes de mi papá cuando murió en julio de 2016, dicen que si los quiero declarar ahora, aparte del impuesto sobre el valor de cada propiedad hay que pagar una multa (me bajé la Gaceta Oficial del Seniat que habla sobre Sucesiones pero no encuentro nada sobre la multa), tiene una idea de cuanto puede ser esa multa por año, disculpe la molestia y gracias, saludos.

    1. Sra Anita, efectivamente tocará enfrentar multas, pero para determinar el importe de las mismas, se requiere efectuar ciertos cálculos que atendemos vía consulta en nuestras oficinas. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

    1. Sr Gustavo, todo dependerá del o de los bienes a partir. Lo importante es poder demostrar la existencia de la comunidad hereditaria y los porcentajes que corresponden a cada co-heredero. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078., la

  51. Buenas noches, mi concubino (legalizado con unión estable de hecho) falleció tenemos 2menores de edad y una casa que obtuvo antes de conocernos. Estoy obligada a realizar la declaración de herederos universales ante los tribunales o con la declaración sucesoral ante el Seniat es suficiente?

    1. Sra Francys diaz, con la Declaración Sucesoral ante el Seniat le basta. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

    1. Sra Nayda, la respuesta es negativa. Todos o algunos de ellos pueden estar representados por un Abogado. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  52. Buenas tardes, tengo una Declaracion Heredor Unico Universales, donde hay un menor de edad, quisiera saber si tienen algun correo donde pueda enviar el escrito, o si por el contrario, los Tribunales de Niños y Adolescentes debe ser presencial. Quedo atenta . Muy agradecida

    1. Sra Alejandra Guera, todo dependerá de la jurisdicción en la cual Ud va a introducir ese escrito,, pues algunas son presenciales y otras no. En todo caso, no debe preocuparse por ello, ya que Ud debe estar de la mano de un Abogado que se encargará de efectuar tales trámites. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  53. Buenas. Se puede reclamar bienes inmuebles al fallecimiento del padre, en virtud que en vida hizo ventas ficticias favoreciendo a algunos hijos, con cláusulas de reserva de usufructo mientras viviera. En consecuencia, esos bienes entrarían en la declaración sucesoral?

    1. Sra Yoleida Suarez, Lo ideal es revisar la documentación que Ud ostenta para darle una respuesta más categórica y profesional. Sin embargo, si tales ventas fueron otorgadas ante funcionario público, no entrarían en principio en la Declaración Sucesoral, no sin antes haber agotado las acciones legales para dejarlas sin efecto. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  54. Hola buenas tardes

    Si el difunto dejo casa como vivienda principal y terreno, no dejo hijos solo esposa y madre como es la reparticion de la herencia a los unicos herederos ?

    gracias

    1. Sra MARIA SANDOVAL, ambos esposa y ascendiente van a concurrir en la herencia. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  55. Buen Dia! mi padre fallecio y dejo un inmueble, mi mama y cinco hijos legitimos del matrimonio, el caso es que mi mama y yo deseamos vender el inmueble pues no tenemos como sostener el gasto de su mantenimiento y se deteriora cada vez mas, una hermana fallecio luego y sus hijas menores de edad no tiene opinion al respecto, otra hermana decidio apoyar la venta, el otro hermano opina que el inmueble deben entregarselo porque el no tiene vivienda y el ultimo hermano quiere alquilarlo para que se pueda mantener con esos ingresos y darle a mi mama una cuota para su manutencion, mi pregunta es: podemos mi mama, mi hermana y yo vender el inmueble sin el consentimiento de los demas y sin contar con los documentos personales de los negados a la venta (copia de cedula y patida de nacimiento) ???

    1. Sr Miguel Briceño, en su caso, nuestra firma de Abogados, lo primero que le tramita y obtiene es la Declaración Sucesoral y su Solvencia. De estar cumplido este paso, podemos proceder forzosamente a exigir su porción de la herencia por la vía judicial, aun y cuando sus otros hermanos no estén de acuerdo. Ud tiene derechos pero debe ejercerlos. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  56. Buenas noches, tengo con mi esposa 10 años juntos y 3 años de casados, acaba de fallecer y no tuvimos hijos, su padre y madre también están muertos, sólo tiene 2 hermanos, ellos heredan la casa que compramos juntos? Que debo hacer? De heredar que parte le correspondería?

    1. Sr Oliver, Ud es coheredero con los hermanos de su ex esposa. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  57. Buenas tardes mi padre falleció y somos 6 herederos casi todos de diferentes padres y no todos estamos en el mismo país, por ende no nos ponemos de acuerdo con los tramites de la sucesión mi pregunta es si es obligatorio hacer la declaración de herederos universales.

    1. Sra Patricia, en tanto y en cuanto existan bienes inmuebles o muebles de importancia, deberá efectuar el trámite. De lo contrario se mantendrá en comunidad y no podrá cada uno de los herederos disponer de su respectivo acervo hereditario. En casos como el suyo, nuestra firma de Abogados, a través del o de los pocos herederos que estén interesados, llevamos todo el proceso ante el SENIAT, quien permite que la sucesión de herederos sea representada por solo uno de ellos. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  58. Buen dia, tengo una pregunta , esta Declaracion de Unicos y Universales Herederos, se puede hacer por ante una Notaria publica y surte los mismos efectos que un Juez de Municipio ?.

    Gracias.

    1. Sr Wilmer Armas, la respuesta es negativa. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  59. Buen dia, Dra Ana

    Mi pregunta es la siguiente?
    Estoy separada desde hace 4 años de mi esposo, porque le interpuse una orden de alejamiento por fiscalia, y el cumplia con manuntencion por tribunales, el acaba de fallecer, mi duda es si tengo derecho a la cuota hereditaria ? me tengo que colocar como heredera o solo a los hijos, le agdradezco si me puede aclarar esa duda.

    1. Sra Yoya Mercedes Martinez, si Ud estaba legítimamente casada con su pareja, si le hereda y deberá agregarse en la Declaración Sucesoral. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  60. Saludos, mi madre falleció y su concubino quiere vender la casa y vehiculo que mi madre adquirio con su propio dinero producto de la venta de otra propiedad antes de conocerlo. No tenian legalizado el concubinato, que porcentaje le corresponde a este señor de esta venta y a nosotros los hijos del anterior matrimonio de mi mamá? Es posible que los hijos podamos negarnos a vender por un tiempo determinado? Gracias de antemano

    1. Sra Keyla Díaz, si el concubino no tiene debidamente acreditado, conforme a derecho su cualidad de tal, no puede heredar a su madre. En ese caso los únicos herederos son sus hijos. Respecto a la venta de la vivienda, no se trata de negarse a vender, sino que la partición de la comunidad hereditaria podrá hacerse amistosa o forzosamente. Este último caso se da cuando uno cualesquiera de los herederos decide que se le adjudique su porción, lo que al final terminará en la liquidación del inmueble. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  61. La familia de mi cuñado no ha realizado la declaración sucesoral desde el fallecimiento de su papá hace ya 11 meses .que consecuencias traerá esto ?

    1. Sra Silvana, el mayor inconveniente es que el retardo genera multas que se van acumulando y luego representan egresos dinerarios importantes. El mejor consejo es no darle más largas y proceder a efectuar la declaración en comento. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  62. hola doctora buenas tardes mi inquietud es la siguiente… mi padre fallecio hace un mes yo no era hija reconocida es decir el no me dio el apellido ya q en su momento mi madre era casada legalmente pero el esposo fallecio y yo uede como hija dentro del matrimonio entonces al fallecer el señor mi papa no hizo reconocimiento… ahora el fallece y mis tias y mis primas alegan q xq no tengo el apellido no tengo derechos siendo la unica hija biologica… q incluso me crie con mi abuela y el desde los 6 meses de nacida asta los 15 años de hay igual habia comunicacion y compartiamos con ellas y mi nucleo familiar tengo pruebas con fotografias y conversaciones de wasathp eso me ayudaria

    1. Sra anginey cegarra, efectivamente Ud puede demostrar (ante la ausencia del reconocimiento voluntario de parte de su padre), que Ud es la hija biológica de él. A tales efectos se puede valer de cualquier género de pruebas. Ud tiene derechos pero debe ejercerlos. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  63. Buenas días Dra, mi madre falleció y estaba casada pero separada hace muchisimo tiempo mi padre la ayudó a contruir su casa pero mi madre tuvo hijos con su antigua pareja nunca se divorciaron ahora ellos quieren poner de heredero universal a su papá sin reconocer todo lo que hizo mi padre

    1. Sra Julián Martínez, al no haberse divorciado su madre, efectivamente su esposo (separada o no), la hereda. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

    1. Sra Norelys, el documento al que Ud alude se tramita por intermedio de Abogado por ante los Tribunales. Sin embargo, lo ideal es revisar la documentación que Ud ostenta para darle una respuesta más categórica y profesional. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  64. Buenas tardes una pregunta mi padre murió hace once(11) meses pero aun no se ha realizado la declaración única de herederos universales. ¿Que tiempo tengo para hacerla? Y debo pagar una multa por tardanza?

    1. Sr Aimara Castro. Si Ud se refiere a la Declaración Sucesoral, tenía 180 días para efectuarla. De hacerlo fuera de lapso efectivamente se generan multas por la tardanza. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  65. Hola tengo un hijo menor de edad del cual debo sacar su declaración de únicos y universales herederos, ya que esta en proceso la disputa de diversos bienes de su padre el cual tiene otros 3 hijos de un matrimonio. Me dijeron que debo sacar lo antes posible dicha declaración, entonces en éste caso donde debo dirigirme? 🤔 Al tribunal de protección del niño, niña y adolescentes? O a otro sitio?

    1. Sra Leybeth, debe acudir en compañía de Abogado especialista en la materia preferiblemente, ante el SENIAT. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  66. Buenas tardes doctora, un placer saludarla, una pregunta. Un adolescente de 16 años quedo huerfano, ya que sus padres fallecieron hace un mes por el covid. El adolescente puede ir al seniat a realizar el rif sucesoral, y la sucesion por si solo o puede ir acompañado de una tia, o necesita tutor? porque sus padres le dejaron una casa libre de gravamen. Estare atenta a su respuesta, Muchas Gracias, Feliz Dia.

    1. Sra Dayhan Colon, el adolescente debe estar asistido de un representante legal a la hora de tramitar la Declaración Sucesoral ante el SENIAT. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  67. Buenas tardes Dra.
    Estamos tramtando una declaracion sucesoral ante e seniat, la unica heredera es la esposa legalmente casada. (No hay hijos, los papas del esoso ya fallcieron, y la hermana renuncio ante la notariaa la herencia) Por tanto consulto en la planilla de la decaracion de seniat debemos colocar en el orcentaje hereditario 100% ?? o 50%, entediendo con respecto a esteultimo que el otro 50% ya es de ella por la parte que le corresponde de la comunidad conyugal.???Gracias

    1. Sra MAIGLEE GRANADILLO, su inquietud fue respondida vía whatsapp desde la cual nos escribió previamente. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  68. Mi padre murió en 1983, mi madre quedó viuda muy joven con 7 hijos todos menores de edad, dejo una vivienda cuyos derechos adquiri privadamente de todos los herederos. Mi padre era Giménez, resulta que algunos de mis hermanos incluyéndome somos Jiménez, se hizo la declaración sucesoral y no se advirtió el detalle, ahora todos somos adultos con títulos, hijos, y el registro no me permite regularizar la compra de los derechos de la vivienda a mi madre y hermanos, me pide rectifique las partidas de nacimiento de Jiménez a Giménez,…..eso es imposible….Cómo puedo resolver?

    1. Sr Christian Peña, lo ideal en su caso es revisar la documentación que Ud ostenta para darle una respuesta más categórica y profesional. NO obstante, en principio Ud tiene 3 vías a escoger en pro de la defensa de sus derechos. Una es efectivamente hacer as rectificaciones necesarias, lo cual no es imposible y otra, oponerse a la declaratoria del Registrador que niega el registro de su documento y finalmente, procurar una documentación nueva de parte de los herederos actuales. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  69. Buenas tarde necesito de una ayuda..mi hermana falleció pero estaba casado y dejo parte de su casa a su nieta..pero ella tiene tres hijos ..ahora bien para ellos poder heredar tendría que hacer la declaración jurada de heredero ..

    1. Sra Maritza Muñoz, si. Debe efectuar la Declaración Sucesral respectiva. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

    2. Sra Maritza Muñoz, si. Debe efectuar la Declaración Sucesoral respectiva. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  70. Buenas noches. Mi padre falleció en Julio del año 2017, estaba divorciado y soy única hija por lo tanto única heredera. La casa de mi abuela que era justo donde vivía mi padre, es decir su vivienda principal está a nombre de mis 3 tíos y mi padre es decir el 25% de la casa le corresponde. Ahora bien, se quiere poner la casa en venta pero me están pidiendo la Declaración Sucesoral, el RIF si lo saqué en su momento pero hasta ahora me entero que debo hacer esa Declaración pues no sabía que estaba a su nombre y adicional no dejó ningún otro bien ya que al enfermarse todo lo que tenía lo puso a mi nombre.

    Ahora bien, la consulta es: Cuánto tendría que pagar de multa por hacer esa declaración? si era su vivienda principal tendría que pagar algún impuesto?

    Espero respuesta Gracias.-

    1. Sra María Dávila, la vivienda principal constituye un desgravamen. Respecto a los montos a cancelar no es labor ni la intención de nuestra página web, efectuar estos cálculos que debe estar en manos de un Abogado y del propio SENIAT. La presente página web pretende servir de orientación al público en general. Por lo que las formas procesales, precisiones legales y las acciones judiciales a intentar, las atendemos telefónicamente. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  71. una persona fallecida que no tiene ni conyuge, ni hijos, tampoco padres vivos… solamente tiene dos hermanas… estan pueden solicitar la declaracion como unicas herederas universales, ante el tribunal??? gracias

    1. Sra iraima velasquez la respuesta es afirmativa. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  72. Buenas noches, gracias por el artículo. Soy junto con mi hermana (Somos dos) Herederos Únicos y Universales de un apartamento que dejó mi madre (Adquirido con mi padre fallecido antes). Ambos queremos vender pero no estamos de acuerdo en el precio. Mi pregunta es, ¿Si activo la Partición de la Comunidad Hereditaria por ante los Tribunales es el Tribunal quien define el precio? Adicionalmente, Ella vivió concubinariamente más de 20 años con un señor, quien hacia vida con ella al momento de su muerte. ¿Puede este señor con una Merodeclarativa de Concubinato pedir parte de la herencia como si fuera un hijo más?

    1. Sr Jose, en tanto y cuanto su hermana no fallezca, su concubio no le puede heredar. Respecto a la venta, ya que ambos están de acuerdo y antes de iniciar una acción ante la jurisdicción, le aconsejaría que probaran vender primero por el precio más alto y de no concretarse ninguna venta, pues intentar por el precio más bajo. Esto siempre resultará menos desgastante en tiempos y dinero que un juicio. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  73. Por favor, para una información, por problemas con la esposa de mi padre y enviar documentos de su hija que para la fecha de la muerte de mi padre era menor de edad no suministró, no se pudo realizar al acta sucesoral, ahora después de 10 años de su muerte, quiero realizar la documentación para dicho documento, que debo documentos debo presentar? y cual seria la multa que debo pagar? Gracias por su respuesta y tiempo!

    1. Sra Eyra Acosta, Ud debe consignar los documentos que acrediten la propiedad sobre los bienes dejados por su padre, así como aquellos documentos que acrediten el vínculo de consanguineidad o afinidad respecto del mismo, entre otros. Los montos de la multa solo los podemos calcular al cargar la data en el portal del Seniat. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  74. por favor cuanto es la multa por una declaracion Sucesoral a destiempo, hace 3 meses que entregue los recaudos y no aparece la multa y quiero pagarla.
    Nº de la declaracion 14700014804
    Gracias.

    1. Sr victor prieto lillo, la intención de la presente página web es servir de orientación al público en general. Por lo que las formas procesales, precisiones legales y las acciones judiciales a intentar, las atendemos telefónicamente. Le agradecemos su participación y confianza en nuestro equipo. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL.COM.VE. Dra. Ana Santander 04142070727

  75. Buenas noches, mi duda. Tengo una tía materna sin herederos , realiza un testamento en 2008 siendo su beneficiaria Fallece en 2021. Cuál es el trámite a seguir, teniendo como único bien un terreno, el cual deseo vender.
    Gracias

    1. Sra Coromoto leon, Ud deberá acreditar su vocación hereditaria frente al Seniat, a través del trámite de rigor y una vez obtenga el Certificado de Solvencia de Sucesiones, podrá disponer del inmueble para su venta. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  76. Buenas tardes. Causante fallecida hace 1 año, sin ascendientes, descendientes, ni casada, deja un inmueble bien propio.. Hermano tiene solvencia de Seniat con 100% herencia. Causante vivía con un señor cuando falleció, con anterioridad era propietaria de su inmueble, el señor no presentó documento de vínculo con la causante, no está en el inmueble, no entrega las llaves. La pregunta es: Hermano puede cambiar cerraduras del inmueble, que debe hacer?

    1. Sra Cristy, lo ideal en su caso es revisar ola documentación que Ud ostenta parea darle una respuesta más profesional. En principio todo apunta a que si el concubino, hoy viudo, abandonó el inmueble, podría Ud cambiar las cerraduras. No obstante, debe tener mucho cuidado de no irrespetar derechos posesorios de esa persona, ni tampoco incurrir en un desalojo arbitrario. Su pretensión es posible en determinadas circunstancias que deberíamos evaluar. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  77. Buenas tardes, mi papá falleció antes de reconocerme como su hija, ya que yo era menor de edad y mi madre nunca quiso que él me reconociera, ahora mi abuela me reconoció, pero no aparezco en acta de defunción, tengo partida de nacimiento con el apellido y mi cédula con el apellido de mi papá, ay algún problema a la hora de declarar si no estoy en el acta de defunción?

    1. Sra Carmen la respuesta es negativa. Desde el 2017, ya no es obligatorio mencionar, incluso casi nunca se mencionan, a los herederos en el Acta de Defunción. En tanto y en cuanto Ud esté legalmente reconocida en su acta de nacimiento por su padre, no tendrá problemas. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

    1. Sr Félix Mujica, le agradecemos su gentil comentario. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  78. Buenas tardes el caso es que he presentado una perpetua memoria DUUH que tenia que haberse presentado en el año 2001 fecha en que murio el causante actualmente lo estoy presentando pero para la fecha han muerto dos de mis hermanos han muerto uno en el 2010 y otro 2012 ambos tiene hijos sobrevivientes la Jueza que me recibio el excrito que me hozo mi abogado dice que los hijos deben estar por representacion de los hoy muertos y mi abogado dice que no es asi que son premuertos los que mueren antes de la apertura d la sucesion aquien le creooooo gracias de ante mano.

    1. Sr miguel duque, más allá del criterio que podamos ofrecerle, lo cierto es que si el juez de la causa le está solicitando ese requisito, o Ud da cumplimiento al mismo, para que su caso avance o hace la oposición de ley a tal criterio. En criterio de nuestra firma de Abogados, no estaríamos de acuerdo con el juez (de ser ese su criterio), pues sus sobrinos murieron con posterioridad al abuelo. Esto no cambia lo dicho anteriormente por razones prácticas. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  79. Buen dia!! El tribunal competente para presentar una declaración de únicos y universales herederos se determina por la ubicación del inmueble? Ejm Si el inmueble se encuentra en el estado Aragua se debe presentar allí o puede presentarse en Valencia estado Carabobo?

    1. Sra Deyanira de Lara, el tribunal competente es aquel que corresponda a la jurisdicción donde se aperturó la sucesión. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  80. Hola muy buenas noches ,mi nombre es argenis marcano y les ago una pregunta mi madre es viuda de mi padrastro,el trabajana en una empresa basica de guayana tubieron trenta y cinco años viviendo juntos ,pero el murio asen un año,el tubo 4 hijos reconocidos ya son mayores de edad ,pero la empresa no la reconoce como heredera ni la empresa funeraria,ella no a sacado la declaracion de herederos unico universal,me gustaria como se puede hacer, disculpe si me pueden ayudar , Gracias.

    1. Sr Argenis marcano, su madre deberá primero ejercer la merodeclarativa de concubinato para poder reclamar derechos hereditarios o efectuar y tramita la Declaración de Herederos Únicos y Universales. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  81. Hola buen dia. Gracias por la información. Consulta, este tramite de declaración de herederos es obligatorio para presentar la declaracion sucesoral? Mi madre falleció, adquirió una casa antes del matrimonio con su ultima pareja y ellos no tienen hijos en comun. Entiendo que los herederos de esta propiedad somos sólo sus hijos. Es obligatorio que el esposo de ella aparezca en la declaración de herederos universales? Aún cuando a el no le corresponde tomar parte de la casa porque fue un bien adquirido antes del casamiento. Agradezco su respuesta. saludos

    1. Sra Anabelly Azuaje, no es necesario hacer la Declaración de Herederos Únicos y Universales para presentar la Declaración ante el SENIAT. Le aclaramos que si la última pareja de su madre estaba legítimamente casada con ella, si tiene derecho a la herencia, en una porción igual a la de un hijo. Por lo tanto, si deberá figurar en la misma. Le aconsejamos contrate un Abogado especialista en la materia que le brinde una estrategia adecuada a sus intereses. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  82. Buenas noche Dr Mi esposo murio el mes pasado y hoy me llaman que tengo que sacar una Declaracion univelsar de heredero por favor orientarme

    1. Sra Elizabeth de Lopez si su cónyuge dejó coo haber hereditario, únicamente pólizas de seguro a su favor y/o Ud es acreedora de alguna pensión de sobreviviente, deberá tramitar la Declaración a la que Ud alude. Pero si dejó otros bienes tangibles, deberá tramitar la Declaración ante el SENIAT. Lo ideal es estar de la mano de un Abogado especialista en la materia que le brinde una estrategia adecuada a sus intereses. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  83. Buenas noches. Mi madre falleció, quedaron bienhechurias en terreno Municipal, falleció justo en el trámite para sacar el título supletorio.. (en solicitud de permiso al Síndico) cómo se haría en ese caso? La declaración sucesoral pide datos de registro y no los tenemos. Cómo se declaran las bienhechurias como herencia si no hay documentos? Tenemos la posesión como pisatarios nada más. Gracias.

    1. Sra Angelica Lovera como Ud bien lo dice, no podrá declarar lo que no puede comprobar está titulado a nombre de su madre. En ese caso lo ideal es estudiar la documentación que Ud ostenta, a los fines de establecer si conviene mas titular la bienhechuría a favor de todos los herederos o si conviene más otra solución. Contrate un Abogado especialista en la materia que le brinde una estrategia adecuada a sus intereses. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  84. Buenas. Quisiera hacer una pregunta: La solicitud de declaración de herederos universales siempre debe presentar testigos o con la prueba documental es suficiente?
    Muchas gracias de antemano.

    1. Sra Elisabeth Marquina, los Tribunales siempre solicitan testigos. Ud no debe preocuparse por el proceso, pues para ello debe estar de la mano de un Abogado especialista en la materia que le asista en todo el proceso. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  85. Buenas,la casa de mi mamá somos 5 en caso de que yo falleciera ya que padezco de cáncer mi parte se la puedo heredar a mis hijos que son 2 o a 1 solo,o que debo hacer?me explica por favor gracias

    1. Sra Marbelis, al momento de un fallecimiento, sus hijos la suceden a Ud por lo que llamamos Derecho de Representación. No tiene que hacr nada, es un derecho que tienen por Ley. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  86. BUENAS TARDES, MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE.QUIERO VENDER MI PARTE DE LA CASA QUE DEJO MI MAMA, YA TENGO LA DECLARACION DE HEREDEROS UNIVERSALES, SOMOS CINCO HEREDEROS, QUE DEBO HACER PARA VENDER MI PARTE QUE ES UNA TERCERA PLANTA? YA QUE LOS DEMAS NO QUIEREN VENDER SU PARTE.

    1. Sra SUSBEIDY, lo primero será efectuar la Declaración Sucesoral. No obstante así como cualquier heredero puede efectuar la misma, si uno solo de ellos no acepta vender el bien recibido en herencia, la única solución que nuestra firma de Abogados le puede ofrecer, es proceder a la Partición de la Comunidad Hereditaria por ante los Tribunales. Lo ideal es estar de la mano de un Abogado especialista en la materia. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

      1. Buen dia, gracias por todas las respuestas brindadas. Mi inquietud, esa «Partición de la Comunidad Hereditaria por ante los Tribunales» a la que hace mención… ¿Es una demanda? ¿El que demanda decide si los gastos que eso acarrea pueden descontarse en partes proporcionales a cada heredero o debe ser descontado integramente a los demás sin descontar nada de su parte ya que es quien está activando la demanda? Osea, ¿los gastos se dividen en 4 o 5 partes? Gracias nuevamente

        1. Sr Jose, ante los Tribunales se tramitan causas contenciosas y/o no contenciosas. El término tribunales alude a ambas. En relación a su inquietud, la respuesta es negativa, pues aquel que demanda también es comunero en las cargas y gastos comunes a la herencia. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  87. Es posible obviar el paso de la declaracion de herederos u y u para hacer la declaracion sucesoral ante el seniat. Mi esposo murio y tengo 2 menores, ademas de un hijo de 27 años que ya tenia cuando lo conoci.

    1. Sra Elanie Lucien, la respuesta es afirmativa, nuestra firma de Abogados en su caso y teniendo la documentación al día, efectúa el trámite directamente ante el SENIAT., hasta obtener el Certificado de Solvencia de Sucesiones. Lo ideal es estar de la mano de un Abogado especialista en la materia. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  88. Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente con la declaración Únicos Herederos Universales se puede gestionar la repartición o venta de una casa que dejo el difunto, sin tener que hacer la sucesión en el seniat ya que la misma es vivienda principal, y su valor no es mucho.
    Saludos.

    1. Sr Marycruz Díaz, la respuesta es negativa, la prueba fehaciente en un proceso judicial, acerca de la comunidad hereditaria y sus cuotas de herencia es precísamente la Declaración Sucesoral. Contrate un Abogado especialista en la materia. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  89. Buenas noches. Me divorcié y en la comunidad de gananciales adquirimos diversos bienes (muebles e inmuebles) y procreaamos 2 hijas (actualmente menores de edad) cuando tramitamos partición amistosa de los bienes, mi ex,
    esposo, quien tenía una hija (hoy mayor de edad y con hijos) extra matrimonial y reconocida por mi ex esposo, fallece. Hoy tengo a mis dos hijas (menores de edad) heredando con su hermana (mayor de edad), pero esta Está fuera del país y nadie sabe de ella, sin embargo aparece en el acta de defunción y yo no tengo interés en dejarla por fuera de la declaración sucesoral, sin embargo no tengo documentos de ella (acta de nacimiento ni copia de cédula ). ¿Cómo realizo la declaración de Herederos Únicos y Universales y la Delación Sucesoral sin sus documentos? Muchas gracias y disculpe lo extenso.

    1. Sra Kamila Gutierrez, lo ideal es hacer una búsqueda exhaustiva del Acta de Nacimiento de la hija de su ex esposo. Solo en caso de no conseguirla, lo que es poco probable, en nuestra experiencia, podrá intentar suplir esa documental con los datos filiatorios de la misma. Lo ideal es estar de la mano de un Abogado especialista en la materia. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  90. Mi hermana inició la declaratoria de heredero nombandome a mi y ella herederos universales , hoy me llegó una situación para que yo me presente en los tribunales a una audiencia, que debo esperar en ella ? Gracias

    1. Sr Jorge Walter Palacios, para darle una respuesta seria y profesional en su caso, (existiendo un expediente o una causa en curso), es forzoso revisar y estudiar tal expediente. Nuestra firma de Abogados no se toma un juicio a la ligera. A la brevedad contrate un Abogado especialista en la materia, que le brinde la estrategia legal más adecuada a sus intereses. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL. Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  91. Buenos días para tramitar la declaración de únicos universales herederos para tramitar la pensión por sobreviviente donde se debe acudir, este tramite lo tiene que hacer un abogado o lo puede hacer cualquier persona. Debe redactarse algún documento o solo debe irse con los requisitos.
    Gracias.

    1. Sra Lilibeth, el trámite lo efectúa un Abogado especialista en la materia y por ante un Tribunal de la jurisdicción competente. Contrate un Abogado especialista en la materia, que le brinde la asesoría técnica legal más adecuada a sus intereses. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL. Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

  92. buenas noches, a donde me puedo dirigir para sacar los papeles de la casa de mi mama fallecida si no conozco los datos de registro,mi hermana tiene esos documentos pero no me quiere dar copia de nada..si la casa esta ubicada en la parroquia san juan a donde debo dirigirme.. xq quiero sacar la carta sucesoral pero no tengo ninguna documentacion

    1. Sr jose suarez, en su caso nuestra firma de Abogados en una primera fase estudia la documentación que Ud ostenta y en función de ello inicia la averiguación por ante las Alcaldías (Catastro) o Registro Público de la jurisdicción del inmueble o por ante los Juzgados competentes, a los fines de obtener la documentación que acredite la propiedad del inmueble de su señora madre. Una vez aclarado el panorama anterior, se da inicio a la Declaración Sucesoral en caso que aplique. Contrate un Abogado especialista en la materia, que le brinde la estrategia legal más adecuada a sus intereses. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL. Más Información Dr Enrique J Andrea S 04141371078 y/o Dra Ana Santander 04142070727.

    1. Sr Antonio perez, para darle una respuesta más profesional necesitamos que nos aporte más datos en relación a modo, tiempo y lugar. En función a los anterior, podremos concluir si la Declaración a la que Ud alude resulta o no suficiente para reclamar derechos sobre el terreno en cuestión. Contrate un Abogado especialista en la materia, que le brinde la estrategia legal más adecuada a sus intereses. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL. Más Información Dr Enrique J Andrea S 04141371078 y/o Dra Ana Santander 04142070727.

  93. Buen dia!!! Mi hermana murio hace nueve meses y todavia a mi madre no le han dado ese papel y el marido de mi hermana no se quiere ir de la casa,porque dice que es de el ,ahora bien que hay que hacer en estos casos,muchas gracias

    1. Sra zully martinez, en su caso hay que revisar la documentación que ostenta para darle una respuesta más profesional. A partir de allí efectuar o no si aplica, la Declaración Sucesoral para luego si disponer del inmueble. Contrate un Abogado especialista en la materia, que le brinde la estrategia legal más adecuada a sus intereses. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL. Más Información Dr Enrique J Andrea S 04141371078 y/o Dra Ana Santander 04142070727

  94. Que hacer si falleció la madre quien solo tenía 2 hijas. La que vivía con ella se niega a hacer la declaración sucesoral, tiene todos los documentos de propiedad y no quiere hacer partición y está en posesión de todos los bienes. Que puede hacer la otra hija para hacer valer sus derechos como heredera si no cuenta con medios económicos para un abogado? A dónde puede acudir para que la ayuden

    1. Sr Ernesto, ella podrá acudir a la defensa pública o a un juez de paz. Le adelanto que lo peor es ser silente u omisiva pues en ese caso, solo beneficia a la hija poseedora. La persona tiene derechos pero debe ejercerlos efectivamente. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL. Más Información Dr Enrique J Andrea S 04141371078 y/o Dra Ana Santander 04142070727.

  95. Hola !me gustaría saber cuánto porcentaje nos corresponde a mi hermana y a mi de la herencia que dejó mi padre? El se caso después pero no tuvo más hijos somos la esposa mí hermana y yo. Y gracias

    1. Srab Egli marcano, si los bienes a heredar se adquirieron antes del segundo matrimonio (segundas nupcias), la esposa heredará al igual que Uds como una hija más. Si los bienes fueron adquiridos durante el matrimonio, a ella le corresponderá el 50% por comunidad de gananciales. Contrate un Abogado especialista en la materia, que le lleve adelante el proceso sucesoral sin perjuicio de los derechos que a cada una corresponden. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL. Más Información Dr Enrique J Andrea S 04141371078 y/o Dra Ana Santander 04142070727.

  96. muy buenas tardes mi madre murio hace varios años y al morir los papeles de la casa desaparecieron y ahora yo quiero tener una copia de esos papeles que como cosa rara aparecieron en manos de unos de mis hermanos mayores por parte de ella y ellos dicen que ellos son los unicos que tienen derecho sobre la casa mi mama se llamaba minerva sanchez como puedo recuperar esos documentos

    1. Sra maria salazar, si la vivienda a la cual Ud alude estaba registrada, la labor es menos complicada pues solo deberá acudir al Registro Público de la jurisdicción y hacer la búsqueda respectiva, preferiblemente a través de Abogado especialista en la materia. Si no estaba registrada tendría Ud que facilitarnos más detalles acerca de cual era la documentación a la que alude para poderla orientar. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL. Más Información Dr Enrique J Andrea S 04141371078 y/o Dra Ana Santander 04142070727.

  97. Hola, soy de Venezuela ambos nos casamos y cado uno tiene de las parejas anteriores un hijo, es decir él tiene una hija y yo tengo una hija. El planteamiento es el siguiente, yo quiero dejarle a mi hija un testamento donde ella solamente herede ese apto en caso de mi fallecimiento, aunque mi esposo tiene su hija y la propiuedad fue adquirida durante el matrimonio; ¿es posible esto?, qué me recomienda?

    1. Sra Cecilia García, la respuesta es negativa, pues estaría violando la legítima de su esposo. Podemos darle varias recomendaciones pero por esta vía es algo complicado de explicar por un tema de espacio. Para ello es mejor apartar una cita con nuestros Abogados. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL. Más Información Dr Enrique J Andrea S 04141371078 y/o Dra Ana Santander 04142070727.

  98. SALUDOS SI UN HEREDERO NO TIENE PREMURA EN DISPONES DE LA HERENCIA ES VERDAD QUE PUEDE DEJAR PASAR 7 AÑOS PARA QUE PRESCRIBA LOS PAGOS DE IMPUESTOS EN LA DECLARACIÓN SUCESORAL?

    1. Sr RAFAEL JARAMILLO, el lapso que debe transcurrir para que ocurra la prescripción es de 6 o 10 años, dependiendo de lo previsto en los artículos 55 y 56 del COT, es decir, es discutible. Por ejemplo, no serán de 6 sino de 10 años la prescripción, cuando el sujeto pasivo no cumpla con la obligación de declarar el hecho imponible o de presentar las declaraciones que correspondan. Lo anterior sin dejar de considerar que en paralelo está corriendo el lapso para aceptar la herencia que también es de 10 años. Lo ideal es contratar un Abogado especialista en la materia, que le brinde la estrategia legal más adecuada a sus intereses. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL. Más Información Dr Enrique J Andrea S 04141371078 y/o Dra Ana Santander 04142070727.

  99. Me solicitan venezolanos en segundo grado únicos herederos que viven en España declaración universal de herederos universales, para heredar unos terrenos en españo, dejaron poder a su madre

    1. Sr William peña, de Ud ser Abogado, por favor llámenos directamente y con gusto le atenderemos. Recuerde que la intención de la presente página web es servir de orientación al público en general. Por lo que las formas procesales, precisiones legales y las acciones judiciales a intentar, las atendemos telefónicamente. Le agradecemos su participación y confianza en nuestro equipo. Somos TUSOLUCIONLEGAL.COM.VE. Dra. Ana Santander 04142070727

  100. hola perdone mi falta pero necesito saber es: cuales son los margenes que debe llevar el documento de universales herederos y cuantas lineas debe contener por hoja y que tipo de letra me recomienda para lograr esa estrucrtura…. muchas gracias¡¡

    1. Sra angelys, su respuesta fue dada a través del whatsapp por el cual nos escribió previamente. Más Información aquí en TUSOLUCIONLEGAL, Dr Enrique J Andrea S 04141371078 y/o Dra Ana Santander 04142070727.

  101. Puede la viuda ceder en un partición amistosa el 50 por ciento de los bienes que le correspondía en su condición de cónyuge,además de la cuota parte heredafa

    1. Sr Mari Milano, si Ud es Abogado debe entender que con tan pocos elementos es irresponsable determinar con la precisión que Ud desea, el porcentaje que puede o no disponer una persona, menos aun tratándose de derechos sucesorales en los que se debe respetar la legítima. No obstante en tanto y en cuanto una partición amistosa no vulnere ni disponga de materias en las que esté involucrado el orden público, se entenderá válida, lo que no quiere decir que a posteriori no pueda ser atacada por lesionar derechos. De Ud ser Abogado, por favor llámenos directamente y con gusto le atenderemos! Recuerde que la intención de la presente página web es servir de orientación al público en general. Por lo que las formas procesales las atendemos telefónicamente. Le agradecemos su participación y confianza en nuestro equipo de tusolucionlegal.com.ve. Dra. Ana Santander 04142070727

  102. B:T, tengo la declaracion jurada del seniat, ahora la pregunta, debo sacar obligatoriamente la DECLARACION HEREDEROS UNICOS Y UNIVERSALES ? digo si quiero vender lo heredado, ( somos 7 hermanos ) gracias

    1. Sr Emilio Moreno, la respuesta es negativa. La basta la Declaración Sucesoral que se efectpua por an te el Seniat, siempre y cuando haya obtenido su certificado de solvencia. Más Información Dra Ana Santander (04142070727) Dr Enrique J Andrea S (04141371078)

  103. Buenos días quisiera saber a qué tribunal debo dirigirme a solicitar una carta de herederos universales para solicitar la pensión de sobreviviente ya que mí esposa falleció el 1/10/2020 Gracias
    Nota: espero respuesta por mí correo electrónico.

  104. buenos dias dra., mi duda es, estoy haciendo la declaracion sucesoral de mi padre fallecido, solo dejo la vivienda principal que tiene titulo supletorio desde 1995, y luego en 2008 el comite de tierras le dio la titularidad del terreno, el titulo supletorio no se ha anexado al de tierra en el registro, en la declaracion cual de los dos documentos debo indicar.
    gracias

    1. Sra maria gonzalez, debe indicar ambos, uno como bienhechuría y el otro como terreno. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Más Información Dra Ana Santander (04142070727) y/o Dr Enrique J Andrea (04141371078)

  105. Buen Dia. Luego de realizada la declaracion sucesoral, algunos herederos no quieren consignar su documentacion por no estar de acuerdo con que se liquide la sucesion, que pueden hacer la copropietaria (esposa del difunto) y uno de los herederos para poder realizar la declacion de herederos unicos y universales y posteror vender el inmueble?

    1. Sr Pedro Alvarado, en principio le aclaramos que son diferentes la Declaración Sucesoral y la Declaración de Herederos Únicos y Universales. No obstante, cualquiera de ellas puede tramitarla todos los herederos o o algunos de ellos. Si se niegan a entregar la documentación que se requiere, el interesado tendrá que acudir a los Registros respectivos para obtenerla. Un Abogado podrá ayudarle a obtener esa documentación. Por otro lado, una vez obtenida la solvencia sucesoral que otorga el Seniat, podrá proceder a disponer de los bienes hereditarios, pero nuevamente, si algún heredero se niega a consentir la venta, no le quedará mas que acudir a un Tribunal a demandar la partición de esa herencia. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Más Información. Dr Enrique J Andrea S 04141371078 y/o Dra Ana Santander 04142070727.

  106. Buenas tardes necesito hacer la declaracion sucesoral de mi madre fallecida hace 4 meses. Todos los documentos estan a nombre de mi papa. Mi pregunta es igual se tienen que declarar independientemente que ella no aparezca en ellos pero si estaban casados. Gracias

    1. Sr Gerardo, la respuesta a su inquietud es afirmativa, el vínculo matrimonial crea derechos de propiedad sobre todos aquellos bienes que se han adquirido durante su vigencia. Por lo tanto, al fallecer su madre deben declarar todos y cada uno de esos bienes, para que como herederos de la misma los puedan disponer. Contrate un Abogado especialista en la materia, que le efectúe el trámite ante el Seniat o ante el Tribunal de ser necesario éste último paso. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Más Información. Dr Enrique J Andrea S 04141371078 y/o Dra Ana Santander 04142070727.

  107. hola a donde acudo para solicitar un documento de herederos mi esposo fellecio hace poco para poder percibir beneficio necesito ese docunento ya que el era funcionario publico solo tenemos un hijo mayor de edad y una casa en comun

    1. Sra eglee la rosa, si Ud solo tuviera como aservo hereditario una pensión, le diría que puede limitarse a realizar la Declaración de Herederos Únicos y Universales, pero existiendo un activo como una casa, lo ideal es hacer la Declaración Sucesoral. También habrá que tomar en cuenta la prontitud con que Ud necesita acreditar la condición de herederos. Contrate un Abogado especialista en la materia, que revise la documentación que posee y le plantee la estrategia legal más adecuada a sus intereses. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Mas Inf Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J. Andrea S. 04141371078

  108. Muy Buenas Tardes, un tema apasionante las Sucesiones, en tal sentido tengo una consulta en cuanto a la solicitud de Ûnicos y Universales Herederos, en este caso como en la Declaraciòn Sucesoral, los herederos pueden renunciar antes de la declaratoria, gracias de antemano.

    1. Sr Hairo, los herederos pueden renunciar a la herencia antes de cualquiera de las dos Declaraciones que usted menciona, con lo cual acepta el carácter de heredero al que luego renuncia. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Mas Inf Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J. Andrea S. 04141371078

  109. Yo compré una casa antes de contraer segundas nupcias en el 2002, durante la unión no hubo hijos y los 4 hijos de él en su primer matrimonio, son mayores de edad. Él falleció hace casi 6 meses, les pregunto: ¿tenía mi esposo algún derecho sobre mi casa?

    1. Sra Yelitza Rondón (viuda de Jiménez), la respuesta es negativa porque entre Uds no existía comunidad de bienes respecto a esa vivienda. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Dr Enrique J Andrea S 04141371078 y/o Dra. Ana Santander 04142070727.

  110. ¿dónde funcionan los Tribunales de Municipio?. ¿acaso en el mismo Municipio donde vivo? Ya que, por motivo de la pandemia y la escasez de efectivo y ser de la era edad, trato de no viajar muy lejos de mi residencia.

    1. Sra Yelitza Rondón (viuda de Jiménez), efectivamente existen Tribunales de Municipio en todos los Estado del país, pero respecto a su ubicación exacta deberá buscarla por internet.

  111. BUENAS TARDES, NO SE SI PODRA ENVIARME UN MODELO DE DECLARACION JURADA, QUE SOLO MI MADRE EN LA HEREDERA , TODA VEZ QUE ES UN REQUISITO PARA PRESENTAR A LA NOTARIA Y ASIMISMO COBRAR EN EL BANCO..GRACIAS POR SU ATENCION

    1. Sr Freddy Prado, la intención que perseguimos con esta página es brindar respuestas a inquietudes puntuales y legales de nuestros Usuarios en un lenguaje de fácil comprensión. No facilitamos modelos ya que por ello, generamos Honorarios Profesionales de Abogados. Sin embargo, no dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Mas Inf Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J. Andrea S. 04141371078.

  112. Buenas tardes, ¿ Como podria tramitar la declaracion sucesoral en el Seniat, si parte de las personas herederas se niegan a entregar los documentos que solicita? ¿que otra alternativa tengo para lograr hacer la reparticion de bienes?

    1. Sra Jhosangely si usted conoce los datos de los asientos de Registro y/o Notaría de los documentos que corresponden a la herencia, podrá por si misma o por intermedio de Abogado, solicitar las copias certificadas con las cuales puede tramitar luego la Declaración Sucesoral. En caso contrario tendría que buscar según la jurisdicción que corresponda, en los libros de los Registros o Notarías competentes, tales documentos. Como verá en el segundo de los casos es un poco más difícil pero no imposible. Usted no depende de los demás herederos para llevar acabo la Sucesión. Le recomendamos que contrate un Abogado especialista en la materia que estudie sus caso y le ofrezca una estrategia legal adecuada a sus intereses. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Mas Inf Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J. Andrea S. 04141371078

  113. Buenas tardes, acudo a usted respetuosmente para exponer mi caso, mi esposo y yo adquirimos un lote de terreno en una asociacion civil en el año 2009 aun estabamos casados, sobre ese terreno se construyeron unas viviendas la cual he habitado desde entonces (2009), en 2012 nos divorciamos pero yo continue viviendo en dicha vivienda con mi hijo (nacido en 2005) producto de la union conyugal por acuerdo con mi ex-esposo. Lo cierto es que dichas viviendas nunca se han podido protocolizar, hoy dia la junta directiva de la AC esta en tramites de protocolizar pero me exigen el documento de herederos unicos y universales para ingresarme a la AC ya que mi esposo era el que aparecia como propietario y yo como co-propietaria, mi esposo fallecio en 2019, que debo hacer para que la Junta Directiva me ingresen a mi hijo y a mi en la AC y poder protocolizar mi vivienda.

    1. Sra kendry Molina, la solución que le plantea la Asociación Civil parece la más adecuada a sus intereses. Solamente contrate un Abogado especialista en la materia que, teniendo los soportes documentales necesarios (Actas de nacimiento, de defunción, entre otros soportes), le tramite por ante los tribunales competentes, tal solicitud. Una vez revisada la misma, el Tribunal acordará suficientes las actuaciones y reconocerá a su hijo como heredero único y universal de quien fuera su esposo. Ud no será reconocida como heredera de su ex cónyuge por efecto del divorcio. No obstante, no se preocupe pues igualmente Ud es copropietaria del inmueble. En consecuencia, ambos, su hijo y Ud serán copropietarios del inmueble. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Mas Inf Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J. Andrea S. 04141371078

  114. hola, tengo una duda, en el caso de hacer una declaración sucesoral, por fallecimiento de mi madre, esta tenia ya hecha dos declaraciones, por la muerte de su padre (mi abuelo) y su madre (mi abuela) este ultimo esta en juicio por no llegar a un acuerdo de particion y en el primero era un 50% y un 50% y su hermano vendió la casa sin el consentimiento de mi madre. Debemos hacer sus hijos la sucesión incluyendo estos inmuebles, aunque uno este en juicio? y el otro se haya vendido ilegalmente? como se procede?
    gracias.

    1. Sr day, en su caso lo ideal es revisar la documentación que Ud ostenta para darle una respuesta más categórica y seria. A todo evento en la Declaración Sucesoral se deberán incluir todos aquellos bienes que no se hayan partido, liquidado ni adjudicado a los herederos. En relación al bien que está en litigio/juicio, lo declarará como bien litigioso con las respectivas pruebas. En relación al bien vendido, según su decir, ilegalmente, deberá impugnar esa venta a través de la acción legal correspondiente. No demore en la defensa de sus derechos, recuerde que las acciones tienen lapsos de prescripción o de caducidad para intentarse, pasados los cuales perderá el derecho a ejercerlas. Lo mejor es contratar un Abogado especialista en la materia, que le revise su documentación y plantee una estrategia legal adecuada a sus intereses. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Mas Inf Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J. Andrea S. 04141371078.

  115. mi esposo es hijo unico ya que fallecieron 2 hermanos mayores mi pregunta los hijos de sus hermanos ya fallecidos mayores de eada tambien heredan

    1. Sra denys rodriguez, la respuesta es afirmativa. Los sobrinos de su esposo entran a la herencia de los padres de éste último y abuelos de aquellos, por el llamado derecho de representación, que no es más que ocupar la posición que antes tenían sus respectivos padres. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Mas Inf Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J. Andrea S. 04141371078.
      CONSULTAS 2020:

  116. buen dia, quisiera saber si es indispensable la declaracion de herederos unico y universales ya que yo ya hice la sucesion por el seniat, y quiero vender el apto, mi padre dejo la mitad de un apto…..

    1. Sra alexandra reyes, la Declaración de Herederos Únicos y Universales tiene finalidades y alcances limitados. Al Ud haber efectuado la Declaración Sucesoral, tiene, (con el consenso de todos los herederos), la posibilidad de administrar y de disponer de todo el acervo hereditario. Por lo tanto, no requiere realizar la primera de las nombradas. En todo caso, siempre lo ideal es hacer revisar toda documentación que Ud ostenta por un Abogado calificado y especialista en la materia, para poderle ofrecer una respuesta más acertada. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Mas Inf Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J. Andrea S. 04141371078.

    1. Sra Ayari Rodríguez. La respuesta es afirmativa. Todos y cada uno de los bienes dejados por el causante, deben ser presentados ante el Tribunal civil a los fines de acreditar el acervo hereditario (patrimonio hereditario). Mas Inf Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J. Andrea S. 04141371078.

      1. pero para sacar el justificativo de herederos porque tiene que incluirse los bienes?? en esa solicitud no tiene porque incluirse los bienes

        1. Sr Carlos Goncalves, efectivamente, no existe un imperativo en mencionar los bienes en este tipo de Declaraciones. No obstante, al igual que en las solicitudes de Divorcio, en nuestra opinión y en la práctica es mejor incluirlos. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Mas Inf Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J. Andrea S. 04141371078.

  117. Hola! Cual seria entonces la mejor herramienta con respecto a la particion de bienes, cuando hay controversia entre los presuntos herederos, ya que , el fallecido dejo bienes y varios hijos que no se conocian hasta la fecha de la muerte.

    1. Sra Astrid29, en cualquier escenario, si no hay acuerdo entre los herederos a los fines de lograr una Partición Amistosa de la comunidad hereditaria, indefectiblemente habrá que tramitar la Declaración Sucesoral para poder acceder al órgano jurisdiccional a reclamar la Partición Forzosa, contenciosa, de la misma. Mas Inf Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J. Andrea S. 04141371078.

  118. Buenas, quisiera saber si en situaciones normales, no es mejor tramitar de una vez la declaración sucesoral? No es esta la mejor vía? En que casos es necesario la Declaración de únicos y universales herederos?

    1. Sra Yurima Bracho, un trámite no excluye al otro. Generalmente las personas solicitan la Declaración de Únicos y Universales Herederos, cuando se trata del IVSS o de Pólizas de Seguros y a requerimiento de esas instituciones. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Más inf. 0414-2070727 (Dra. Ana Santander) y/o 0414-1371078 (Dr. Enrique J. Andrea S.).

      1. Hola Dra como hago tenía una relación concubinaria desde 2005 y mi concubino falleció en diciembre 2020 tengo un hijo menor de edad de está unión. Nunca saque carta de concubinato. El era divorciado mucho antes de conocerlo y yo soltera .dejo un bien un carro y los hijos de la primera union me quitaron el carro engañandome para colocarle gasolina días antes que el muriera. No sé nada de ellos ni del carro. Mi concubino me dejó título de propiedad del auto y sus documentos que hago??? Cómo demuestro que vivía con el estable que hago con el menor hijo??? Este es mi n de móvil gracias

        1. Sra Nairobi mendoza. Lo ideal en su caso es revisar la documentación que Ud posee para ofrecerle una respuesta profesional y seria. No obstante, le adelantamos que Ud tiene varias posibilidades, una de ellas, efectuar desde ya la Declaración Sucesoral relativa a su pareja, colocando como único heredero a su hijo y acto seguido pedir la partición de los bienes hereditarios vía contenciosa, si no hay acuerdo con el restante de los hijos. Los restantes herederos tendrán que justificar el uso y destino que hicieron del vehículo En paralelo puede Ud ir tramitando la Merodeclarativa de Concubinato en su favor que le permitirá a futuro reclamar sus derechos hereditarios entre otros. Contrate un Abogado especialista en la materia, que le brinde la estrategia legal más adecuada a sus intereses. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Más Información. Dr Enrique J Andrea S 04141371078 y/o Dra Ana Santander 04142070727.

    2. Buenas noches, debo realizar una declaración jurada de herederos universal para pdvsa, Siendo yo la esposa y solo dejo un hijo mayor fuera del matrimonio ? Me podrían ayudar

      1. Sra Elida pirela, con gusto le podemos ayudar en la tramitación de esa Declaración de Herederos Únicos y Universales. Solo debe pedir su cita a través del 04142070727 y con gusto le atenderemos. Mas Inf Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J. Andrea S. 04141371078.

  119. Es obligatorio hacer la Declaración de Herederos Únicos y Universales antes de la Declaración Sucesoral? La primera es ante el Registro y la segunda ante el Seniat? Entre los requisitos de la segunda ante el Seniat, precisan la existencia de la primera? ¿Qué requisitos se necesitan para hacer la Declaración de Herederos Únicos y Universales? ¿Requiere los servicios de un abogado? Gracias…

    1. Sra Thais Arévalo Farías, No es obligatorio ni imprescindible hacerla Declaración de Herederos Únicos y Universales ante de la Declaración Sucesoral. La primera se hace ante un Tribunal Civil y la segunda ante el Seniat. Para hacer la segunda no requiere de la primera. En principio y sobre los requisitos de la primera, están todas aquellas documentales que demuestren el vínculo o filiación entre el causante y los herederos, así como todas aquellas que demuestren el patrimonio del que era titular el de cujus y dos testigos entre otros requisitos. Finalmente si es indispensable que contrate un Abogado, de preferencia, especialista en la materia. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Más inf. 0414-2070727 (Dra. Ana Santander) y/o 0414-1371078 (Dr. Enrique J. Andrea S.).

  120. Buenos días mi pregunta es la siguiente: si existe ya una sentencia donde se Declara como herederos únicos y universales a unas personas, pero ellos en el transcurso de 10 años no hicieron valer la ejecución de esa sentencia porque trabajaban a media con la otra persona que le corresponde el 50% de la totalidad de la herencia, ellos ahora quieren hacer la partición de la herencia pero la otra persona dueña del 50% esta colocando obstáculos, ellos los que ya tienen la sentencia pueden hacer ejecutar dicha sentencia de manera forzada en dado caso que continue la negativa de la otra parte de realizar la partición?

    1. Sr javier, cualquier co-heredero puede solicitar la partición de la herencia en forma contenciosa y sin el consentimiento de los demás. Ahora bien, aunque en su caso lo ideal es revisar la documentación que Ud ostenta para darle una respuesta más asertiva, le podemos adelantar que una Declaración de Herederos Únicos y Universales, no es más que una solicitud de jurisdicción voluntaria en la cual no hay una contienda y por tanto no existe una sentencia condenatoria que ejecutar. No es a través de esa declaración que Ud obtendrá la partición de los bienes hereditarios, sino a través de la acción comentada al inicio. Contrate un Abogado especialista en la materia que le brinde una estrategia legal adecuada a sus intereses. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios. Más inf. 0414-2070727 (Dra. Ana Santander) y/o 0414-1371078 (Dr. Enrique J. Andrea S.).

  121. Excelente ! Mi pregunta es la siguiente; Que se puede hacer cuando uno de los herederos del causante es sacado a la calle por la concubina, transgrediendo una ley especial ( LEY DE LA MUJER ) solo para apoderarse del hogar con sus hijos, que no forman parte del mismo y el tribunal da una orden de alejamiento sin ninguna prueba que determine la veracidad de la denuncia?

    1. Sr Hector Jose Guerra Guerra, entendemos que la pareja del difunto padre, a través de una denuncia, logró el desalojo de uno de los hijos del causante de la vivienda. Pues bien si ese es el caso, los derechos sucesorales permanecen intactos, por tanto el heredero sigue siendo heredero y la concubina (viuda del causante), no lo puede eludir. El consejo en ese caso, es realizar la Declaración Sucesoral respectiva para acreditar sus derechos hereditarios y acto seguido procurar el desalojo de la vivienda de parte de quien fuera la concubina. Más inf. 0414-2070727 (Dra. Ana Santander) y/o 0414-1371078 (Dr. Enrique J. Andrea S.). No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios.

  122. Buenas tardes. Gracias x responder. Estoy buscando los documentos de las propiedades. Quisiera saber si la página para hacer las declaraciones sucesorales es DECLARACIONES.SENIAT.GOB.VE y, sino, cuál es porque mi hija investiga desde el internet en el exterior con la cedula de mis padres y no sale nada o, si es que esa página tiene problemas porque mis hermanas han estado haciendo tramites sin decirme y como yo tenia problemas de salud estaba abrumada. O sera que ya salio todo y por eso ya no aparece en la página? Muy agradecida.

  123. Mi papa murio en el año 2010 y nunca hicimps nunguna declaración. En el año 2018 murió mi mamá. Hace mas o menos 30 años mi mamá, estando casada con mi papá, había comprado un local junto con sus hermanas, osea en el documento nonsale mi papá pero como ya se ahbian casado, un porcentaje de ese local pertenecia a mi papá. Lo pregunto para empezar a hacer todoslos trámites que supongo que pno puedo empezar a hacer lo de mi mamá sin antes haber hecho lo de mi papá. Por otro lado, ud. mepodria decir un monto aproximado de lo que tendría que pagar por no haber hecho la declaracion y ademas cuanto mas o menos ppr la declaración en si? Le estaría enormemente agradecida. Mi correo es facod

    1. Sra Fabi Es correcto, deben hacer la declaración Sucesoral de su padre para poder luego tramitar la de su madre, ya que el local comercial es propiedad de ambos por haber estado casados (para el momento de adquisición del inmueble), de lo contrario siempre quedaría un porcentaje de propiedad faltante. Para poder indicarle montos aproximados sobre los impuestos y multas que tendría que cancelar, necesitamos más información al respecto (fecha de adquisición del inmueble, valores aproximados, porcentajes de propiedad, entre otros), para lo cual sería mejor nos llamara o concertara una cita personal en nuestra oficina. Más inf. 0414-2070727 (Dra. Ana Santander) y/o 0414-1371078 (Dr. Enrique J. Andrea S.). No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios.

      1. Buenas tardes Dra Ana un cordial saludo, mi pregunta es la siguiente? el representante de un hijo menor de edad extramatrimonial reconocido por su padre fallecido puede solicitar la declaracion de unicos y herederos universales directamente? ya que no hay acuerdo con la viuda, ya que ella le esta negando los derechos a la herencia ? Que se puede hacer alli, gracias

        1. Sra Yeniseth de Leni, la respuesta es afirmativa, solo que deberá hacerla por ante el Tribunal competente. Le aconsejamos contrate un Abogado especialista en la materia que le guíe en ese proceso. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

          1. Buenas noches dra Santander. Mi pregunta la Declaración De herederos sera un la LOPNNA ya que hay un menor. A nosotros nos puedes excluir como herederos somos 4 hermanos y aparecemos en el acta de defunción.

          2. Sra Rosmary, la respuesta es afirmativa. Siempre que existan intereses de niños y/o adolescentes involucrados, el competente será el Juez de Protección de Niños y Adolescentes de la jurisdicción. No dude en llamarnos de requerir nuestros servicios profesionales. Contratar un Abogado Privado especialista en la materia que le asesore, siempre es una decisión inteligente. SOMOS TUSOLUCIONLEGAL! Más Información Dra Ana Santander 04142070727 y/o Dr Enrique J Andrea S 04141371078.

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