CAUSAS PARA LLEVARSE TU VEHÍCULO DETENIDO
Causas para llevarse tu vehículo detenido. Todo ciudadano al conducir su vehículo debe estar en conocimiento de las causales por las cuales el funcionario autorizado, en materia de tránsito, podría detenerlo.
Y es que no toda infracción a la ley permite la aplicación de la sanción en comento.
Aquí resumimos la ley de la especialidad a nuestro modo acostumbrado.
CAUSAS PARA LLEVARSE TU VEHÍCULO DETENIDO
(Infracciones y sanciones administrativas)
La ley de la especialidad prevé diferentes tipos de sanciones:
Sanciones muy graves, graves, leves, amonestaciones, sanciones por exceso de carga, sanciones en casos de reincidencia, por excedente de pasajeros o carga transportada, suspensión o retención de la licencia de conducir, retención de los vehículos, entre otras sanciones.
Muy graves, penalizadas con multas de 100 Unidades Tributarias: (A título de ejemplo)
- Los conductores de vehículos que efectúen competiciones de velocidad o «piques» en las vías públicas.
Graves, penalizadas con multas de 10 Unidades Tributarias: (A título de ejemplo)
- Conducir sin licencia.
- Desatender los semáforos.
- Sobrepasar el límite permitido de velocidad.
- Conducir bajo influencia de bebidas alcohólicas.
- No hacer uso del cinturón de seguridad.
Menos graves, penalizadas con multas de 5 Unidades Tributarias: (A título de ejemplo)
- Circular sin placas
- Si el vehículo no tiene póliza de seguro vigente
- Estacionar en lugares prohibidos
- Transportar niños menores de 10 años de edad, en el asiento delantero del vehículo
- Los conductores de motocicletas que circulen cambiando frecuentemente de canal o transporten más de 2 personas
Leves penalizadas, con multas de 3 Unidades Tributarias: (A título de ejemplo)
- Conducir vehículos con certificado médico de saludo licencia vencidos
Las amonestaciones:
- Los peatones, ciclistas y demás conductores de vehículos de tracción a sangre que incumplan la Ley, deberán asistir a un curso formativo.
Reincidencia:
- En este caso se duplicará el monto de la sanción.
Suspensión de la licencia de conducir: (A título de ejemplo)
- Por el término de 3 meses, quien conduzca vehículo de un tipo distinto al autorizado por su licencia.
- Por el término de 6 meses, los conductores que hayan acumulado 5 infracciones en un período de 12 meses.
- Por el término de 12 meses, los conductores que hayan acumulado 3 sanciones por conducir vehículos a exceso de velocidad o bajo influencia de bebidas alcohólicas.
Retención de la licencia de conducir:
- Sólo podrán ser retenida en caso de decisión definitiva que acuerde la revocatoria
CAUSAS PARA LLEVARSE TU VEHÍCULO DETENIDO
(Casos de retención de los vehículos)
- Cuando el vehículo circule en condiciones evidentes de inseguridad y mal funcionamiento:
Pero la autoridad entregará el vehículo al propietario si dispone de una grúa, a los fines de ser trasladado
- Cuando el conductor no porte documento que permita demostrar la propiedad del vehículo:
Pero la autoridad deberá hacer entrega del mismo al momento de subsanarse la falta, sin perjuicio de la multa
- Cuando el vehículo circule sin placas, salvo permiso provisional de circulación.
- Cuando el vehículo se encuentre actualmente involucrado en accidentes de tránsito terrestre con personas lesionadas o fallecida:
El vehículo será entregado a su propietario por el Fiscal del Ministerio Público
- Cuando se demuestre la falsedad de los documentos de registro o de los seriales de identificación del vehículo:
Se entregará el vehículo a su propietario una vez cumplido los trámites que demuestren la autenticidad de los documentos, en un lapso que no exceda de 5 días hábiles.
- En los demás casos que señale la ley.
CAUSAS PARA LLEVARSE TU VEHÍCULO DETENIDO
(Lapso para pagar las multas)
Deben ser pagadas:
Dentro de los 30 días hábiles siguientes contados a partir
de la notificación.
Vencido dicho plazo:
Corren intereses de mora, desde la fecha de su exigibilidad hasta la extinción total de la deuda.
Juicio ejecutivo:
Si no es cancelada la multa a tiempo, se inicia el juicio ejecutivo por el procedimiento especial de la vía ejecutiva previsto en el Código de Procedimiento Civil.
Las planillas de multas impuestas tienen el carácter de títulos ejecutivos.
Restricciones de efectuar trámites:
Los trámites, sólo podrán realizarse previa cancelación de las multas.
CAUSAS PARA LLEVARSE TU VEHÍCULO DETENIDO
(Extralimitación de funciones)
La extralimitación y el abuso de poder de los funcionarios en el ejercicio de sus funciones, acarreará responsabilidad civil, administrativa y penal.
De las grabaciones de las actuaciones policiales en los puntos de control:
Las denuncias por constantes abusos en las Alcabalas del país, generó una Resolución Conjunta No. 109, de fecha 07/09/2022, sobre los puntos de control o alcabalas.
Tipos de punto de control:
Se instalan en las áreas de manera fija o móvil.
FUNCIÓN DE LOS PUNTOS DE CONTROL:
Evitar la perpetración de hechos punibles:
como secuestro; trata de personas; tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, armas
Supervisión y control de la documentación:
Necesaria para el tránsito por el territorio nacional de medicinas, combustibles, materiales estratégicos, semovientes, entre otros.
Garantizar el respeto de los derechos humanos:
El buen trato al ciudadano y las buenas prácticas en la función policial y militar.
Prohibido el cobro de dádivas:
Contribuciones, apoyos económicos por parte de los funcionarios.
Prohibición de uso de capuchas:
Por parte de funcionarios que impidan la observación de su rostro o impida ver su identificación
Grabaciones de las actuaciones policiales por parte de los ciudadanos (Artc 20):
- Podrán realizar grabaciones de vídeo o audio de los procedimientos a que sean sometidos en los puntos de control, sin ser compelidos a no hacerlo.
- No pueden ser obligados a entregar sus celulares ni antes, durante o después del procedimiento, ni a borrar su contenido.
Salvo en los supuestos establecidos en el COPP, esto es, ante la comisión flagrante de un delito o por orden judicial.
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